Destacadas Normas y Proyectos SSN

Levantan la prohibición de emitir pólizas a Finisterre, pero mantienen su inhibición de bienes

RESOLUCIÓN SSN 273/2026.-

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) resolvió levantar la medida cautelar que impedía a Aseguradora del Finisterre Compañía Argentina de Seguros S.A. celebrar nuevos contratos de seguro, aunque decidió mantener vigente la inhibición general de bienes que pesa sobre la entidad desde 2022.

La decisión fue formalizada mediante la presente resolución, luego de que el organismo concluyera que desaparecieron las circunstancias que habían motivado específicamente la prohibición de emisión impuesta en marzo de este año.

Cabe recordar que la SSN había dispuesto la prohibición de celebrar nuevos contratos de seguro mediante la Resolución 96/2026, a raíz de la abstención de opinión formulada por el auditor externo sobre los estados contables de la compañía al 31 de diciembre de 2025 (ver nota con todo el detalle). Según había señalado entonces el organismo, esa situación impedía considerar razonablemente verificada la información contable presentada por la aseguradora.

Posteriormente, Aseguradora del Finisterre presentó un informe rectificativo de su auditor externo, quien dejó sin efecto la abstención de opinión y concluyó que los estados contables correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2025 se encontraban razonablemente presentados, salvo por una observación vinculada a la valuación de la reserva de siniestros pendientes.

Además, el auditor indicó que la información surge de registraciones contables llevadas de acuerdo con las disposiciones vigentes y que los estados contables fueron confeccionados conforme a la normativa de la SSN.

 

Por qué se levantó la prohibición de emisión

Tras analizar la nueva documentación, la Gerencia de Evaluación del organismo concluyó que habían desaparecido los motivos que justificaban la prohibición de emitir nuevas pólizas. En particular, destacó que el auditor externo ya había emitido una conclusión sobre la razonabilidad de los estados contables, superando así la situación que había dado origen a la medida cautelar.

No obstante, la SSN aclaró que la opinión del auditor mantiene una salvedad relacionada con la valuación de la reserva de siniestros pendientes, respecto de la cual se detectaron diferencias de magnitud significativa cuyo impacto sobre la situación patrimonial y los indicadores técnicos de la compañía continúa bajo análisis.

Por ese motivo, el organismo precisó que la resolución se limita exclusivamente a revisar las circunstancias que habían dado origen a la prohibición de celebrar nuevos contratos y no implica una evaluación definitiva sobre el resto de los aspectos económico-financieros de la entidad.

 

Se mantiene la inhibición general de bienes

Si bien la compañía recupera la posibilidad de emitir nuevas pólizas, la resolución ratifica expresamente la vigencia de la inhibición general de bienes que pesa sobre Aseguradora del Finisterre desde marzo de 2022. Esa medida cautelar había sido adoptada por la SSN al amparo del artículo 86 de la Ley 20.091 y continúa vigente mientras el organismo sigue monitoreando la situación de la aseguradora.

De esta manera, la Superintendencia optó por una solución intermedia: habilitar nuevamente a la compañía para operar comercialmente y emitir nuevas coberturas, pero manteniendo las restricciones patrimoniales existentes hasta tanto concluyan los análisis en curso sobre su situación económico-financiera y de solvencia.