La Superintendencia de Seguros de la Nación prorrogó la implementación del nuevo Régimen de Información (RI), con el objetivo de otorgar a las entidades aseguradoras un mayor período de prueba y adaptación antes de que el nuevo sistema pase a ser de utilización obligatoria.
La decisión fue oficializada mediante una circular fechada el pasado viernes 4 de septiembre y responde, según informó el organismo, a distintas solicitudes realizadas por el sector para ampliar el período destinado a realizar pruebas y facilitar la adecuación de las compañías al nuevo esquema.
La prórroga implica un cambio relevante en el cronograma de transición: los estados contables correspondientes al 30 de septiembre de 2026 continuarán presentándose a través de SINENSUP, mientras que la primera presentación que deberá realizarse exclusivamente mediante el nuevo Régimen de Información será la correspondiente al 31 de diciembre de 2026.
De esta manera, las entidades dispondrán de un período adicional para familiarizarse con la nueva plataforma, realizar controles internos y detectar eventuales inconvenientes antes de que el sistema se convierta en el canal obligatorio para la presentación de la información contable.
Más tiempo para probar el nuevo sistema
La SSN explicó que la extensión del período de implementación busca facilitar la adecuación de las entidades al nuevo sistema, atendiendo las necesidades planteadas por el propio mercado.
Durante este período continuará habilitado el ambiente de pruebas, que permitirá a las compañías avanzar en la familiarización con las herramientas, verificar la información que deberán cargar y realizar los controles necesarios antes de la primera presentación obligatoria.
La prórroga no supone, por lo tanto, una suspensión del proceso de modernización del Régimen de Información. Por el contrario, el organismo continuará trabajando sobre el nuevo sistema durante estos meses y prevé incorporar nuevas funcionalidades antes de que comience la etapa obligatoria.
Entre las novedades anunciadas se encuentra una herramienta particularmente vinculada con la presentación de los estados contables: la generación automática de los anexos relacionados con las Notas a los Estados Contables. Esta incorporación apunta a simplificar parte del proceso de preparación de la información y a reducir la carga operativa que implica para las entidades generar y presentar documentación complementaria junto con sus estados contables.
En este sentido, el período adicional funcionará no solamente como una instancia para que las aseguradoras se adapten al nuevo esquema, sino también como una etapa de evolución del propio sistema antes de su utilización definitiva.
El calendario de transición: qué presentación se hace por SINENSUP y cuál por el nuevo RI
Uno de los principales aspectos de la comunicación de la SSN es la precisión respecto de qué sistema deberán utilizar las entidades en cada una de las próximas presentaciones.
De acuerdo con el nuevo cronograma, los Estados Contables correspondientes al 30 de septiembre de 2026 deberán presentarse a través de SINENSUP, siguiendo el esquema que se encuentra actualmente vigente. Por lo tanto, para esa presentación no habrá todavía una migración obligatoria al nuevo Régimen de Información. El cambio se producirá con la información correspondiente al cierre del 31 de diciembre de 2026. Esa será la primera presentación que deberá efectuarse exclusivamente a través del nuevo sistema.
La diferencia es relevante porque establece un período concreto de transición entre ambos esquemas: las entidades deberán continuar utilizando SINENSUP para la presentación de septiembre, mientras que tendrán los meses siguientes para completar las pruebas y prepararse para el cambio definitivo que se producirá con los estados contables de diciembre. La propia SSN destacó que hasta ese momento permanecerá disponible el ambiente de pruebas, con el objetivo de que las entidades puedan familiarizarse con el sistema y efectuar las verificaciones necesarias.
Una prórroga solicitada por el mercado
La decisión del organismo se produce a partir de los pedidos realizados por entidades del sector para contar con más tiempo de prueba antes de la entrada en vigencia efectiva del nuevo régimen.
El nuevo RI forma parte del proceso de actualización de los mecanismos mediante los cuales la SSN recibe y procesa información de las entidades bajo su supervisión. La transición supone, para las compañías, adaptar procesos internos, revisar la información que debe ser reportada y adecuar sus circuitos de generación y control de datos. En ese contexto, la extensión del plazo busca evitar que el paso al nuevo sistema se produzca sin que las entidades hayan podido completar adecuadamente las pruebas y validaciones necesarias.
La SSN señaló que el objetivo es aprovechar este período adicional tanto para la adaptación de las compañías como para continuar incorporando mejoras y funcionalidades al sistema. Entre ellas, la generación automática de los anexos vinculados con las Notas a los Estados Contables constituye uno de los cambios que se incorporarán durante esta etapa.
Así, el nuevo cronograma establece un esquema claro: SINENSUP seguirá siendo el canal para los estados contables al 30 de septiembre de 2026, mientras que el nuevo Régimen de Información tendrá su primera presentación obligatoria para los estados contables al 31 de diciembre de 2026.









