La Superintendencia de Seguros de la Nación aplicó una multa de más de $28,3 millones a Galeno Seguros S.A., tras detectar demoras en el pago de indemnizaciones por siniestros que ya habían sido reconocidas y acordadas con asegurados.
La resolución se inscribe dentro de la política sancionatoria del organismo, aunque con un foco diferente al de otras medidas recientes vinculadas a solvencia, capitales mínimos o balances.
Un mismo patrón
Las actuaciones se iniciaron a partir de una serie de denuncias recibidas en la Coordinación de Comunicación y Atención al Asegurado de la SSN. Según detalla la resolución, en esos reclamos se denunciaba que Galeno Seguros no había abonado dentro de los plazos previstos las sumas convenidas en concepto de indemnización de siniestros.
Por la cantidad de denuncias con idéntico objeto, el organismo decidió agruparlas en un mismo expediente para realizar un análisis conjunto. En total, la resolución menciona 15 expedientes vinculados a reclamos de asegurados contra la compañía.
Tras revisar la documentación, la Subgerencia de Sumarios de la SSN advirtió que la aseguradora no habría cumplido con su obligación principal, es decir, el pago de las indemnizaciones derivadas de siniestros sufridos por sus asegurados.
Tal como surge de los considerandos, Galeno Seguros informó en cada caso las fechas en las que se habrían concretado los pagos, lo que permitió verificar que estos fueron realizados por fuera de los plazos legales aplicables.
Además, el organismo señaló que la compañía no acompañó comprobantes bancarios de las transferencias efectuadas, sino documentos internos con membrete de Galeno Seguros, bajo la denominación “Egresos Siniestros”, emitidos por el sector Tesorería.
Otro dato que agravó la valoración del organismo fue que los pagos se habrían materializado luego del ingreso de las denuncias ante la SSN y, además, con posterioridad al traslado conferido a la compañía para que interviniera frente a los hechos denunciados.
El descargo de la aseguradora
Galeno Seguros presentó su descargo y, según surge de la resolución, reconoció haber registrado demoras respecto del momento legal de pago de ciertas indemnizaciones.
No obstante, la compañía sostuvo que esos retrasos respondieron a cuestiones transitorias y operativas, y que no podían ser considerados como una conducta sistemática o una práctica generalizada.
También argumentó que en todos los casos se había expedido sobre la cobertura del siniestro, lo que quedaba acreditado por la suscripción de los acuerdos celebrados. Además, remarcó que las indemnizaciones fueron abonadas en su totalidad.
Sin embargo, para la SSN, el pago posterior de las indemnizaciones no subsana el incumplimiento derivado de la demora, advirtiendo que fue la propia aseguradora la que reconoció haber concretado pagos fuera de los plazos estipulados por la normativa y por los acuerdos transaccionales celebrados.
En ese marco, el organismo remarcó que el cumplimiento de la obligación no se agota en pagar, sino en hacerlo en tiempo y forma. A su vez, rechazó la idea de que las demoras pudieran ser minimizadas por tratarse de casos aislados o excepcionales.
Para el organismo, las indemnizaciones fueron pagadas, pero fuera del plazo legal y de lo pactado en los acuerdos transaccionales, generando un perjuicio para los asegurados.
Importe de la multa
A partir de lo detallado en los considerandos de la norma, la SSN resolvió aplicar a Galeno Seguros S.A. una multa de $28.388.634,09, en los términos del artículo 58 inciso c) de la Ley 20.091.
La resolución indica que, para graduar la sanción, se tuvieron en cuenta los antecedentes sancionatorios informados por la Gerencia de Autorizaciones y Registros, así como la gravedad de la conducta analizada. El monto aplicado corresponde al mínimo legal establecido para este tipo de sanción, siendo una resolución recurrible conforme lo previsto por el artículo 83 de la Ley 20.091.









