Normas y Proyectos SSN

Balances bajo la lupa: la SSN emite aclaraciones y marca reglas claras para la presentación

La Superintendencia de Seguros de la Nación emitió nuevas aclaraciones dirigidas a las entidades bajo su supervisión que introducen modificaciones relevantes en la forma de presentar información contable y en los requisitos de capital, además de ajustes técnicos en los sistemas de reporte.

Se trata de una comunicación que tiene impacto directo en la operatoria diaria de las áreas contables y financieras de las compañías.

 

Cambios en la lógica de presentación de balances

Uno de los puntos centrales de la circular tiene que ver con el esquema de presentación de los estados contables.

El organismo recordó que los plazos se rigen por lo establecido en el RGAA: 45 días para aseguradoras y 60 días para reaseguradoras desde el cierre del período.

En consecuencia, el vencimiento para la presentación de los Estados Contables correspondientes al período cerrado el 31 de marzo de 2026 operará el viernes 15 de mayo para las aseguradoras y el sábado 30 de mayo para las reaseguradoras.

Además, la SSN introdujo una aclaración clave: en los sistemas electrónicos como TAD, no aplica el tradicional plazo de “horas de gracia”, ya que la plataforma permite la carga de documentación durante las 24 horas del día. En la práctica, esto implica un cambio operativo relevante: el vencimiento pasa a ser estricto, sin margen adicional para presentaciones fuera de término.

 

Nuevo nivel de capital a acreditar

Otro punto sensible es el referido al capital mínimo exigido. Para el período bajo análisis, la SSN establece que deberá acreditarse el 50% del capital único, equivalente a 375.000 UVA, lo que se traduce en los siguientes valores:

  • Aseguradoras: $695,7 millones.
  • Reaseguradoras: $6.956,9 millones.

Este requisito forma parte del esquema de transición definido por la normativa vigente y obliga a las entidades a verificar su posición patrimonial al momento de la presentación.

 

Ajustes técnicos en el sistema de Capitales Mínimos

La circular también introduce modificaciones en el Estado de Capitales Mínimos (ECM), particularmente en el tratamiento de seguros de vida.

Entre los principales cambios:

  • Se redefinen las cuentas vinculadas a reservas matemáticas.
  • Se incorporan nuevas cuentas específicas.
  • Se elimina una cuenta previamente utilizada.
  • Se exige informar determinadas cuentas aun sin movimiento.

Estas adecuaciones responden a cambios normativos previos y requieren ajustes en los sistemas contables y de reporte de las entidades.

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