Normas y Proyectos SSN

Aseguradora regularizó su situación y la SSN levantó la inhibición general de bienes

RESOLUCIÓN SSN 245/2026.-

La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso el levantamiento definitivo de la inhibición general de bienes que pesaba sobre Tres Provincias Seguros de Personas S.A., al considerar que la compañía logró revertir la situación patrimonial que había motivado la adopción de medidas cautelares apenas un mes y medio atrás.

La decisión representa un nuevo capítulo dentro de la política de supervisión que viene desplegando el organismo, basada en la aplicación de medidas preventivas ante desvíos patrimoniales, pero también en su levantamiento cuando las entidades logran recomponer los indicadores exigidos por la normativa.

 

El antecedente

La medida que ahora queda sin efecto había sido dispuesta mediante la Resolución 174/2026, publicada en abril de este año.

Tal como informó oportunamente 100% SEGURO, la SSN había detectado en Tres Provincias una situación deficitaria en materia de capitales mínimos, lo que derivó en la aplicación de medidas cautelares previstas en el artículo 86 de la ley 20.091 (ver nota).

En aquella oportunidad, el organismo resolvió prohibir actos de disposición sobre inversiones, disponer la inhibición general de bienes, e intimar a la compañía a presentar un Plan de Regularización y Saneamiento.

 

Nuevos estados contables

Según surge de la nueva resolución, Tres Provincias presentó posteriormente sus Estados Contables al 31 de marzo de 2026, documentación que fue analizada por la Gerencia de Evaluación del organismo.

Del informe técnico elaborado por esa dependencia surgió que la aseguradora había adoptado las medidas necesarias para revertir el déficit que había originado la sanción.

La SSN concluyó que, con la información presentada, la compañía logró subsanar la situación patrimonial observada y que actualmente no registra incumplimientos en materia de relaciones técnicas.

A partir de esa evaluación, el organismo entendió que ya no subsisten los fundamentos que justificaban mantener vigente la inhibición general de bienes.

Los considerandos recuerdan que el propio artículo 86 de la ley 20.091 prevé expresamente la posibilidad de levantar este tipo de medidas cuando se comprueba que una aseguradora vuelve a encontrarse en condiciones normales de funcionamiento.

En consecuencia, la resolución dispone el levantamiento definitivo de la inhibición impuesta en abril y autoriza a la Gerencia de Asuntos Jurídicos a confeccionar los oficios necesarios para hacer efectiva la medida.