La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) reformuló por completo el régimen aplicable a los seguros de sepelio, eliminando el esquema de condiciones contractuales uniformes y obligatorias que regía hasta ahora y habilitando a las aseguradoras a desarrollar productos propios con mayor flexibilidad e innovación.
La medida fue oficializada mediante la presente resolución, que incorpora a los seguros de sepelio al Sistema de Depósito de Planes, mecanismo implementado por la SSN para agilizar la aprobación de productos aseguradores. A partir de este cambio, cada compañía podrá diseñar sus propias condiciones contractuales, siempre dentro de los lineamientos generales establecidos por el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA).
En los fundamentos de la resolución, el organismo recuerda que las condiciones generales obligatorias para este tipo de seguros estaban vigentes desde 2012 y señala que, tras la creación del referido Sistema de Depósito de Planes en 2024, correspondía adecuar también el régimen de la rama Sepelio. El objetivo, según sostiene la SSN, es “promover la competencia, favorecer la innovación y brindar a las aseguradoras mayores posibilidades para desarrollar coberturas adaptadas a las necesidades de los asegurados”.
Más libertad para diseñar productos
Uno de los principales cambios consiste en que las aseguradoras dejarán de estar sujetas a un único modelo contractual obligatorio y podrán elaborar sus propios planes de seguro, respetando los lineamientos técnicos fijados por la normativa.
La resolución también establece que las compañías que actualmente operan en la rama podrán continuar utilizando las condiciones contractuales ya aprobadas, sin necesidad de realizar nuevas presentaciones ni adecuaciones, evitando así costos y trámites innecesarios durante la transición al nuevo esquema.
La nueva normativa habilita además la incorporación de cláusulas adicionales para cubrir gastos o brindar servicios complementarios relacionados con el sepelio, de manera directa o indirecta.
Según explica la SSN, esta modificación permitirá ofrecer soluciones más integrales, contemplando las distintas preferencias, realidades sociales y costumbres culturales de los asegurados, ampliando las alternativas disponibles dentro del mercado.
Aumenta el límite máximo de la cobertura
Otro de los cambios relevantes es la actualización del monto máximo de la cobertura básica. Tras analizar los límites vigentes, la SSN resolvió elevar la suma asegurada máxima hasta el equivalente a quince (15) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM), con el objetivo de que las coberturas reflejen de manera más adecuada el costo actual de los servicios funerarios y no constituyan una limitación para acceder a prestaciones acordes con las necesidades de los asegurados.
Como parte de la reforma, a su vez, la resolución deroga las Resoluciones SSN 37.072/2012 y 40.091/2016, elimina los anexos del Reglamento General de la Actividad Aseguradora que contenían las condiciones contractuales obligatorias para los seguros de sepelio y adecua distintos artículos del RGAA para incorporar definitivamente esta rama al Sistema de Depósito de Planes.
De esta manera, el organismo reemplaza un esquema regulatorio basado en modelos únicos y preaprobados por otro que otorga mayor libertad para el diseño de productos, manteniendo los estándares técnicos y las pautas generales de protección al asegurado.
“Con esta resolución, la SSN continúa profundizando su agenda de actualización normativa para fortalecer un mercado asegurador más competitivo, eficiente e innovador. La iniciativa se inscribe en el proceso de modernización del sector impulsado por el Gobierno Nacional, en línea con lo expresado recientemente por el presidente de la Nación, Javier Milei, quien calificó esta etapa como ‘el inicio de la transformación del mercado de los seguros’“, destacaron en un comunicado.








