Normas y Proyectos SSN

La Nueva apeló la intimación de la SSN y el caso pasa a la Cámara Comercial

RESOLUCIÓN SSN 47/2026.-

La Superintendencia de Seguros de la Nación concedió el recurso de apelación presentado por La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada contra la resolución que, a mediados de enero, había declarado definitivos los ajustes sobre sus estados contables, intimado a recomponer capital y ratificado las medidas cautelares que pesan sobre la entidad

La nueva decisión implica que el expediente será elevado a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, que será la encargada de revisar la validez del acto administrativo.

 

Continuidad directa: qué había pasado antes

El antecedente mencionado en los fundamentos de la norma es la Resolución SSN 13/2026 del 15 de enero, mediante la cual la SSN:

  • Confirmó los ajustes sobre los balances al 30 de septiembre de 2025.
  • Ordenó presentar estados contables rectificados.
  • Exigió un plan de regularización y saneamiento.
  • E intimó a mantener la integridad del capital.
  • Además de ratificar las cautelares previas.

Luego, fechada el 5 de febrero, la Resolución SSN 47/2026 profundizó las medidas adoptadas previamente, intimando a La Nueva a reintegrar capital en un plazo de 30 días para cubrir los déficits detectados en sus estados contables, que al 30 de septiembre de 2025 superaban los $ 7.800 millones (ver nota).

 

Qué resolvió ahora la SSN

Por la presente norma, de fecha 11 de febrero, la compañía presentó formalmente el recurso contra la resolución de enero, y el organismo debía pronunciarse sobre su admisibilidad.

En los considerandos, la SSN señala que la apelación fue interpuesta en tiempo y forma, por lo que corresponde concederla

No obstante, también deja sentado que los agravios expuestos por la entidad ya fueron analizados por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la cual concluyó que no poseen entidad suficiente para descalificar la decisión adoptada previamente.

Es decir: se habilita la revisión judicial, pero el organismo mantiene su criterio.

Vale aclarar que el recurso que se concede es con efecto devolutivo. En la práctica, esto implica que el expediente sube a la Cámara, pero las medidas dispuestas continúan vigentes mientras la Justicia analiza el caso.

Por lo tanto, la intimación de capital y las restricciones operativas no se suspenden automáticamente.