La Superintendencia de Seguros de la Nación mediante la Resolución 56/2026 (ver nota) revocó la autorización para operar a Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
Esta decisión se tomó tras detectarse un déficit de capital de más de $12.900 millones en sus estados contables de septiembre de 2025. Ante esta situación, la SSN le otorgó plazos legales para presentar un plan de saneamiento y reintegrar los fondos, pero la empresa manifestó formalmente que se encontraba materialmente impedida de hacerlo y reconoció su imposibilidad financiera para regularizar su situación. Esta falta de solvencia llevó al organismo a determinar que la aseguradora no garantiza las condiciones mínimas para seguir operando.
En un comunicado oficial, el organismo explicó todos los pasos sobre el proceso actual, a saber:
1. Situación legal y medidas inmediatas
- Disolución y liquidación: la revocación implica la disolución de la compañía y el inicio de una liquidación judicial forzosa.
- Bienes congelados: se ha extendido la inhibición general de bienes, alcanzando ahora a todas sus cuentas bancarias.
- Derecho a apelación: la empresa tiene un plazo de cinco (5) días hábiles para apelar esta resolución.
2. ¿Qué sigue en el proceso?
- Designación de liquidadores: una vez que la resolución quede firme (es decir, cuando ya no existan instancias de apelación), la SSN designará a los delegados liquidadores y solicitará formalmente la intervención de la justicia.
- Intervención del Fondo de Reserva: en cuanto el juez dicte la apertura de la liquidación judicial, el Fondo de Reserva de la Ley de Riesgos del Trabajo tomará intervención para garantizar las prestaciones de los trabajadores y beneficiarios.
A medida que surjan novedades relevantes sobre el proceso de liquidación o la intervención del Fondo de Reserva, la SSN dará a conocer de inmediato.









