Continuando con el régimen de supervisión de la SSN, hubo dos esta semana en materia de sanciones a entidades reguladas por el organismo de control. Se trata de una multa por un importe casi testimonial y de un apercibimiento.
En el primer caso, a través de la RESOLUCIÓN SSN 294/2025, la SSN le aplicó una multa de solo $1.970.649, en los términos del artículo 58 inciso c) de la Ley Nº 20.091, a Sentir Seguros S.A.
La medida responde a la falta de cumplimiento de lo establecido en el punto 39.10. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora en lo atinente a los períodos enero y marzo 2025. Se trata del “Régimen de Custodia de Inversiones”, que establece la obligación a cargo de las aseguradoras y reaseguradoras, de remitir mensualmente a la SSN, dentro de los 5 días hábiles posteriores al cierre de cada mes y mediante el sistema SINENSUP, la información del Stock de Inversiones, Depósitos a Plazo Fijo y Cheques de Pago Diferido.
“Sobre dicha plataforma se asienta la base del control que ejerce el organismo de control, en tanto sirve de sustento al régimen informativo que permite verificar que las entidades cuenten con las inversiones que respalden sus obligaciones”, se advierte en los fundamentos de la norma.
En segundo orden, por medio de la RESOLUCIÓN SSN 295/2025, la SSN le aplicó a Compagnie Francaise D’Assurance Pour Le Commerce Exterieur (COFACE Sucursal Argentina) un apercibimiento, siempre en los términos del artículo 58 inciso a) de la Ley Nº 20.091.
La razón también deviene la falta de cumplimiento por parte de dicha entidad, de lo establecido en el punto 39.10. del RGAA, en este caso para el período enero 2025. La aseguradora hizo su descargo, en el cual indicó que presentaron la información “en forma tardía, el 24/02/2025”, sin exponer las razones por las cuales la presentación de la información del stock de Inversiones, Depósitos a Plazo Fijo y Cheques de Pago Diferido correspondientes al período en cuestión fue realizada de forma extemporánea.