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Levantan ciertas sanciones a Aseguradores de Cauciones, pero se amplía el déficit a regularizar

RESOLUCIÓN SSN 264/2019  y 265/2019.-
A través de dos normas, las SSN formalizó la regularización de parte de la situación anómala que pesaba sobre Aseguradores de Cauciones.

En el caso de la Res. SSN 264/2019, se levanta la prohibición de celebrar nuevos contratos de seguro en todas las ramas en que opera la compañía, dispuesta el 26 de febrero pasado.

Sin embargo, se ratifica y se mantiene la inhibición general de bienes dispuesta el 8 de noviembre/18, hasta tanto se regularice la situación deficitaria de dicha aseguradora, en virtud del cumplimiento del Plan de Regularización y Saneamiento aprobado.

Por otro lado, la Res. SSN 265/2019 define que el ajuste determinado por la suma de $131.096.056 sobre el rubro “Deudas con Asegurados” correspondiente al ejercicio 31 de diciembre de 2018, deviene en “definitivo”.
Por ello, la situación deficitaria correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2018 asciende a casi $ 144 millones ($ 143.999.028), de manera que se amplió el plazo del Plan de Regularización y Saneamiento mencionado, a fin de “resguardar los más altos intereses de los asegurados y asegurables”.

A esos fines, la compañía deberá:
• Acreditar, mediante la presentación del informe de dominio correspondiente con antelación al 15 de abril de 2019, que los inmuebles a incorporar se encuentren libres de cualquier gravamen que afecte su libre disponibilidad;
• Acreditar, mediante los instrumentos correspondientes con antelación al 30 de abril de 2019, que los inmuebles a incorporar se encuentran escriturados e inscriptos en el registro respectivo a nombre de la aseguradora;
• Acreditar al 30 de junio de 2019, mediante los instrumentos correspondientes, las tasaciones de los inmuebles a incorporar, conforme lo estipula la normativa vigente.

En base a esta propuesta, ésta deberá exponer en sus Estados Contables superávit de capitales mínimos al 30 de junio de 2019.
También en esta norma, se mantiene la medida cautelar, mediante la cual se dispuso la inhibición general de bienes de Aseguradores de Cauciones, prohibiéndosele realizar actos de disposición respecto a sus inversiones, dejándose aclarado que dicha medida no alcanza a las cuentas corrientes bancarias.

Al respecto, cabe recordar que desde Aseguradores de Cauciones señalaron (ver comunicado) que en los estados contables cerrados al 31 de diciembre de 2018 y ya presentados, se incorporaron nuevos activos al capital computable, a partir de un fuerte apoyo de los accionistas y en cumplimiento de las observaciones previas de la propia SSN detalladas en la Resolución 265, en la cual se determinan los plazos para la efectiva acreditación de los activos incorporados que subsanan el déficit mencionado.

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