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Fix observa señales de desregulación en la actividad aseguradora

“El el grado de intervención en la actividad aseguradora argentina ha comenzado a disminuir, otorgándole una mayor flexibilidad a las compañías aseguradoras para gestionar sus carteras de inversiones”, señala Fix (afiliada de Fitch Ratings) en un reciente reporte, en el cual analiza las implicancias de las recientes normas de la SSN que eliminan dos restricciones que afectaban fuertemente a las compañías del sector.

Por un lado, tal como anticipamos en una nota de 100% SEGURO (ver nota) sobre la Resolución SSN 39645, publicada el  pasado 19 de enero donde la Superintendencia de Seguros definió importantes cambios en el famoso inciso k) del punto 35.8.1 del Reglamento de la Actividad Aseguradora.

Recordemos que hasta ahora, dichas compañías estaban obligadas a invertir como mínimo un determinado porcentaje del total de sus inversiones, excluyendo inmuebles, en instrumentos que financiaran proyectos productivos o de infraestructura y que hubiesen resultado elegibles por el Comité de Elegibilidad dependiente del Ministerio de Economía. A título de ejemplo, las compañías de seguros generales, de vida y de reaseguro debían invertir un mínimo del 18% del total de inversiones en los referidos instrumentos, en tanto que para las compañías de seguros de retiro el porcentaje mínimo se reducía al 14%.

La nueva normativa eliminó esta exigencia, estableciendo un cronograma para la disminución gradual de los montos invertidos en tales instrumentos a diciembre 2015 en dos años. Así, las compañías podrán desinvertir en los mismos, ya sea por amortización total o parcial o por venta, hasta el 15% a junio 2016, hasta el 40% a diciembre 2016, hasta el 65% a junio 2017 y hasta el 100% a diciembre 2017. En adelante, la inversión en este tipo de instrumentos será optativa.

La segunda norma dictada por la SSN fue la Resolución SSN 39646, publicada el mismo día que la anterior, donde se revocó la Resolución SSN 39517 que obligaba a las compañías de seguros y de reaseguros a mantener activos en moneda extranjera, tal como publicamos en una nota de 100% SEGURO (ver nota). Si bien esta norma no tuvo un impacto real significativo, ya que, salvo en casos puntuales, la misma no llegó a aplicarse debido a las medidas cautelares interpuestas por las compañías aseguradoras y cámaras empresarias del sector, su revocación constituye una señal clara de un cambio de criterio de las nuevas autoridades hacia un mercado menos intervenido.

Por último, la otra restricción aún vigente es la prohibición para las compañías de seguros y la limitación para las entidades de reaseguros de invertir en el exterior (Res SSN 36612, octubre 2011), lo cual restringe la diversificación del riesgo de inversión de las compañías. No obstante, la nueva normativa puede interpretarse como el punto de partida para el retorno al normal funcionamiento del mercado de seguros, luego de la creciente intervención que soportó en años recientes. En este contexto, no se descarta un cambio de perspectiva del mercado asegurador a Estable desde Negativa, así como la mejora en la calificación de algunas de las compañías calificadas por FIX.

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