Normas y Proyectos SSN

Definen cambios en las Reservas de Riesgos del Trabajo

RESOLUCION SSN 408/2019.-

La SSN avanzó en modificaciones en relación a las Reservas de Riesgos del Trabajo. Entre otros cambios, dejó sin efecto en los estados a partir de los Estados Contables iniciados el 1° de julio de 2019 la constitución del pasivo “Reserva Especial” (artículo 6º de la Res. SSN 41155 del 2017).

Como medida transitoria, las aseguradoras podrán optar por desafectar la reserva constituida en hasta 4 trimestres debiendo acreditar mediante Acta del Órgano de Administración la decisión junto con la presentación de los Estados Contables cerrados el 30 de junio de 2019. En cualquier caso la desafectación deberá ser proporcional en cada uno de los trimestres.

Los importes desafectados se deberán imputar a una cuenta del Patrimonio Neto que se denominará «Ajustes no Capitalizados Res. SSN 41155».

La citada cuenta podrá ser utilizada para la absorción de pérdidas futuras o para su capitalización.

En todos los casos la decisión deberá ser adoptada por la Asamblea de la aseguradora, aclarándose que la desafectación de la Reserva no podrá dar lugar a ningún tipo de distribución de utilidades.

Por otro lado, el saldo de la “Reserva por contingencias y desvíos de siniestralidad” al 30 de junio de 2019 también podrán optar por desafectar la reserva constituida en hasta 4 trimestres debiendo acreditar mediante Acta del Órgano de Administración la decisión junto con la presentación de los Estados Contables cerrados el 30 de junio de 2019. También acá, la desafectación deberá ser proporcional en cada uno de los trimestres.

A partir de información siniestral surge la necesidad de modificar el porcentaje mínimo que debe reservarse para el denominado Caso «E» para todas las contingencias cuya primera manifestación invalidante se haya producido a partir del 5 de marzo de 2017”, explican al respecto desde la SSN. De allí que también se modificó la actualización del pasivo de referencia a través del índice definido por el valor resultante de la conversión a pesos de las Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por “CER”- Ley 25.827 (“UVA”).

Se procedió a modificar el cálculo del capital computable a los fines de propender a una fórmula que permita homogeneizar en todos los casos el componente judicial#, se aclara en los fundamentos de la norma, en la que como se mostró, se estableció un esquema de desafectación de la reserva de contingencias y desvío de siniestralidad y la reserva especial.

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