La SSN publicó una norma que estaban esperando los operadores del Sistema de Riesgos del Trabajo.
Con vigencia a partir de los estados contables cerrados al 30 de junio de 2025 inclusive, la presente resolución (publicada en el Boletín Oficial este lunes 14/7) busca unificar y simplificar los procedimientos de valuación de reservas por reclamaciones judiciales, “promoviendo una mayor transparencia y precisión en la estimación de pasivos”.
Así lo explicó el propio organismo de control que conduce Guillermo Plate, respecto a una regulación que incluye una disposición transitoria sobre los requisitos de capitales que oxigena al mercado, orientada a promover una política activa de conciliación judicial y así, reducir los altos niveles de litigiosidad.
En ese sentido, se autoriza a las ART a computar hasta un máximo del 30% del capital mínimo requerido con pagos derivados de conciliaciones judiciales.
Vale aclarar que a fines de acreditar el cierre de juicios para su aplicación, la ART deberá dejar constancia en Notas a los Estados Contables de:
- Cantidad de juicios cerrados en el trimestre.
- Monto pagado por dichos juicios expresados a moneda homogénea al cierre del trimestre.
- Monto reservado por dichos juicios expresado a moneda homogénea al cierre del trimestre.
Asimismo deberá presentarse un detalle identificando cada uno de los juicios cerrados con:
- Carátula.
- Número de expediente judicial.
- Monto reservado al cierre del Estado Contable anterior.
- Fecha de pago.
- Monto total pagado (incluyendo capital, interés, honorarios, costas).
“Estas modificaciones se enmarcan en la estrategia del organismo orientada a fortalecer la solvencia técnica de las aseguradoras, especialmente en el sistema de riesgos del trabajo, y a mitigar los efectos del creciente nivel de judicialización”, destacaron desde la SSN.









