La Superintendencia de Riesgos del Trabajo aprobó las alícuotas promedio para cada una de las actividades presentes en el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (CIIU), correspondientes al año calendario 2016, que se aplicarán a los períodos comprendidos entre el 1/04/17 y el 31/03/18, para la determinación de deuda de cuota omitida al Fondo de Garantía de la Ley de Riesgos del Trabajo. Es para los casos en que el empleador opte por el autoseguro, así como de las omitidas por aquellos empleadores que no se hayan afiliado a una ART y tampoco hayan cumplido con los requisitos necesarios para ser considerados autoasegurados.
En anexo (VER TABLA COMPLETA) se puede ver el detalle de la suma fija y cuota variable según código de actividad, máxima desagregación (CIIU Revisión 2. Año 2016).