La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) concedió el recurso de apelación interpuesto por Aseguradora del Finisterre Compañía Argentina de Seguros S.A. contra la resolución que, en septiembre pasado, le impuso una multa de $7.563.187. La decisión quedó formalizada mediante la presente resolución, fechada el 23 de octubre, que dispone elevar las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial para su revisión judicial.
La sanción original había sido establecida por la resolución SSN 406/2026, del 15 de septiembre, en los términos del artículo 58, inciso c), de la ley 20.091 (ver nota). El expediente se inició a partir del reclamo de una asegurada que denunció que la compañía no había cumplido con el pago de una indemnización correspondiente a un siniestro cubierto por una póliza.
La misma resolución también dispuso incluir a la Asociación Mutual Compromiso en la inhabilidad contemplada en el artículo 8, inciso g), de la ley 22.400, que regula la actividad de los Productores Asesores de Seguros.
La apelación fue presentada en tiempo y forma
Finisterre presentó el recurso de apelación contra la sanción, la cual fue posteriormente ratificada por un letrado. Tras analizar el planteo, la SSN concluyó que el recurso había sido interpuesto dentro del plazo correspondiente y cumplía con los requisitos formales exigidos. Por ese motivo, resolvió concederlo y permitir que la resolución sancionatoria sea revisada por la Justicia.
La resolución también señala que los cuestionamientos formulados por Finisterre fueron analizados en un dictamen de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SSN. De acuerdo con ese análisis, los argumentos presentados por la aseguradora no tenían entidad suficiente para descalificar la resolución 406/2026, que había dispuesto la multa. Es decir, al conceder la apelación, el organismo no modificó ni dejó sin efecto la sanción, sino que habilitó su revisión judicial.
Así, la multa aplicada a Finisterre entra en una nueva instancia de revisión, habilitando así el tratamiento judicial de la apelación.









