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Adecuan requisitos del Régimen de Custodia de Inversiones

RESOLUCION SSN 1047/2018.-

Teniendo en cuenta la derogación por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA) de las normas sobre pautas para el desempeño de las funciones del custodio, por la presente se adecúa la normativa en lo atinente a los requisitos a cumplir por parte de las entidades custodios.

Recordemos que el Punto 39.10. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) establece el Régimen de Custodia de Inversiones que deben cumplir las aseguradoras y reaseguradoras.

En ese sentido, en línea con lo dispuesto por la Comisión Nacional de Valores (CNV), se incorpora en dicho apartado a los Agentes de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión. Ello, según se explica en la norma, es con el objeto de que puedan informar las tenencias en dichos instrumentos tal y como actualmente lo realizan las sociedades administradoras y depositarias.

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