Normas y Proyectos SSN

Riesgos del Trabajo: extienden plazo en relación al Fondo de Enfermedades Profesionales

RESOLUCIÓN SSN 882/2021.-

La SSN decidió extender por un año más una medida de carácter excepcional que hasta ahora regía del 1/1/2021 al 31/12/2021. Se trata de la suspensión que había dispuesto la Res. SSN 507/2020 respecto al giro de fondos de lo recaudado por cada ART a la cuenta de administración fiduciaria común del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP). Esa suspensión, a partir de ahora, se prorroga hasta el 31/12/2022.

Recordemos que a través de un DNU de abril de 2020, se estableció que la enfermedad COVID-19 se considerará –bajo distintos esquemas de presunción y extensión de plazos – una enfermedad de carácter profesional no listada. Tras ello, se definió que el financiamiento de las prestaciones otorgadas para la cobertura de las contingencias allí previstas, será imputado en un 100% al referido Fondo.

En relación a ello, y dado el volumen de casos acaecidos que deben ser imputados al FFEP y liquidados en el corto plazo, es que se había suspendido el mencionado giro de fondos de lo recaudado por cada ART a la cuenta de administración fiduciaria común.

Debido a que a la fecha “continúa observándose una situación idéntica en orden al volumen de imputaciones a través de las entidades que operan con la cobertura de Riesgos del Trabajo”, es que la SSN resolvió postergar la medida por un año más, tal lo indicado anteriormente.

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