Normas y Proyectos SSN

Procedimiento para la contribución obligatoria al sistema bomberil voluntario

COMUNICACION SSN 4.300.-

El Superintendente de Seguros de la Nación informó, con motivo de la nueva alícuota de contribución obligatoria del sistema bomberil voluntario que establece el artículo 11 de la Ley 26.987, publicada en el Boletín Oficial del 3 de noviembre pasado que entró en vigencia es a partir del 12 de noviembre de 2014, que a fin de hacer efectivo el pago de la citada contribución por el 4º trimestre de 2014,
cuyo vencimiento opera el 15 de enero de 2015, las empresas del sector deberán proceder de la siguiente manera:

– Para informar lo correspondiente al 3,20%0 (tres con veinte centésimos por mil) deberán ingresar en hllps://seguro.ssn.gob.ar/, seleccionar la opción GESTIONARTU320 y proceder a la carga de la información por el perlado 1-10-14 al 11-11-14.

– Para informar lo correspondiente al 5%0 (cinco por mil) deberán ingresar en hllps://seguro.ssn.gob.ar/, seleccionar la opción GESTIONARTU y proceder a la carga de la información por el perlado 12-11-14 al 31-12-14.

-Para informar lo correspondiente al 3,20%0 (tres con veinte centésimos por mil) ingresar en hllps://seguro.ssn.gob.ar/, seleccionar la opción FONDO DE RESERVA – ART320 y proceder a la carga de la información por el perlado 1-10-14 al 11-11-14.

– Para informar lo correspondiente al 5%0 (cinco por mil) deberán ingresar en hllps://seguro.ssn.gob.ar/, seleccionar la opción FONDO DE RESERVA. ART Y proceder a la carga de la información por el perlado 12-11-14 al 31-12-14.

– Para informar rectificativas correspondientes a perlados posteriores al 12-11-2014 ingresar en hllps://seguro.ssn.gob.ar/, seleccionar la opción GESTIONARTU y proceder a la carga de la información.

– Para informar rectificativas correspondientes a períodos anteriores al 12-11-2014 ingresar en hllps://seguro.ssn.gob.ar/, seleccionar la opción GESTIONARTU320 y proceder a la carga de la información. Cable aclarar que los aplicativos antes citados estarán disponibles en la página web de este Organismo a partir del 02-01-2015.

Sin prejuicio de lo anteriormente manifestado, se procederá a emitir una sola Boleta Única de Ingresos -BUDI-, a través de la cual deberán efectuar el pago total por la citada contribución, la cual estará disponible en la Ventanilla Electrónica de éste Organismo.

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