RESOLUCION SSN 38728.-
BRADESCO ARGENTINA DE SEGUROS SA recibió un llamado de atención en los términos de parte de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y fue intimada a que, en el plazo de 5 días, dé cumplimiento a lo establecido en el punto 35.4 a) del REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA (anteriormente Punto 35.3.8).
El organismo fundamenta lo establecido en la presente resolución en que se le comunicó a la entidad que, según lo establece la regulación correspondiente, debía evaluar por lo menos en forma trimestral, el cumplimiento de las Normas sobre Política y Procedimientos de Inversiones (NNPPI), debiendo dejar constancia en las notas integrantes a los Estados Contables al 31/12/2012 de su regularización.
La Gerencia de Evaluación informó que la entidad no dió cumplimiento con lo indicado en el Proveído SSN N° 666 de fecha 19/11/2012 y en virtud del incumplimiento observado, la Gerencia de Asuntos Jurídicos entendió que en autos cabía encuadrar la conducta de la entidad en las
previsiones del Artículo 58 de la Ley N° 20.091 y que atento ello cabía imprimir en autos el trámite procedimental consagrado por el Artículo 82 de la Ley N° 20.091.
En tal sentido, se dictó el Proveído SSN 118.254 de fecha 30/09/2013, que es debidamente notificado a la aseguradora y la entidad declinó hacer uso del derecho de defensa que le confiere el Artículo 82 de la Ley N° 20.091.