Normas y Proyectos SSN

Las aseguradoras tendrán hasta el 14 de agosto para presentar sus balances anuales

La Superintendencia de Seguros de la Nación dio a conocer una circular en la que aclara que a partir de la presentación de los Estados Contables al 30 de junio 2024, se deja sin efecto la circular IF-2022-79059792-APN-GE#SSN del 1 de agosto de 2022.

Recordemos que la misma (ver circular) establecía que los expedientes generados en la plataforma Trámites a Distancia (TAD) relativos a la presentación de los Estados Contables del período/ejercicio cerrado al 30 de junio de 2022 y sucesivos, indefectiblemente, deberán contener las certificaciones de los informes profesionales con la respectiva firma digital del Consejo Profesional correspondiente a cada jurisdicción (por lo que no se realizarán subsanaciones posteriores a la presentación del mencionado trámite), al tiempo que se disponía el 29 de agosto como deadline para la presentación de los balances anuales.

En la presente circular, se define que el vencimiento de los Estados Contables al período/ejercicio cerrado al 30 de junio de 2024 operará el día 14 de agosto/24 para las aseguradoras (teniendo un mes y medio para su presentación desde el día de cierre del ejercicio anual). 

En el caso de las reaseguradoras tendrán dos semanas más, ya que la fecha límite será el 29 de agosto/24.

En ambos casos, en esas fechas deberá estar originado el expediente TAD del trámite correspondiente, con toda la documentación requerida por el R.G.A.A.

A diferencia de la circular derogada, se aclara que en este caso, se habilitará la subsanación a través del expediente TAD de presentación, ante cualquier demora que pudiera producirse en el proceso de las certificaciones de los informes profesionales con la respectiva firma digital del Consejo Profesional correspondiente a cada jurisdicción.

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