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La SSN reguló posición en dólares de aseguradoras e instauró nuevo Régimen Informativo

RESOLUCION SSN 39.517.-

La Superintendencia de Seguros dio a conocer una norma de fuerte impacto para los operadores del mercado asegurador. Se trata de la Res. SSN 39.517, publicada este martes 27/10/15, por la cual se modifica el Reglamento General de la Actividad Aseguradora en lo que hace al Calce de Moneda de Reservas Técnicas, definiendo asimismo un nuevo Régimen de información de Pasivos, a presentar mensualmente.

La misma se da conocer a una semana de celebrado el Día del Seguro, donde en el Cocktail organizado por el Comité Asegurador, el titular de la Asoc. Argentina de Compañías de Seguros, Francisco Astelarra había reiterado el pedido de “autonomía” por parte de las aseguradoras, en la toma de las decisiones de inversión dentro de las normas vigentes.

“No cabe duda de que nuestra actividad debe estar regulada”, pero la misma “debe  estimular nuestra actividad  manteniendo equilibrio entre la protección al asegurado, el adecuado tamaño y funcionamiento de las aseguradoras y la estructura de costos”, sostuvo Astelarra.

La flamante norma del organismo regulador de la actividad aseguradora explica en sus fundamentos que los cambios apuntan a establecer parámetros objetivos para el calce de moneda de activos y pasivos, dado que “las inversiones financieras respaldan las obligaciones con los asegurados y en muchos casos, también el margen de solvencia”. Se busca así que los activos respeten la naturaleza de los pasivos que respaldan “buscando mitigar los efectos de la volatilidad del mercado de capitales”.

Así, se incorporó el apartado 33.6 sobre “Calce de Moneda de Reservas Técnicas” estableciendo que las reservas técnicas deben ser invertidas en la misma moneda en que deban pagarse las obligaciones. Esto conlleva así a que las compañías se deban desprender de activos en dólares que no tengan una obligación directa en esa moneda, logrando así obtener un stock de divisas en un momento de apremio cambiario y faltante de dólares.

Según se establece, las entidades deben mantener activos nominados en moneda extranjera únicamente hasta la concurrencia de las reservas técnicas que se originen en los contratos de seguros y reaseguros en moneda extranjera. De esta manera, las reservas técnicas nacidas de obligaciones en moneda extranjera, cancelables en pesos, deben ser cubiertas con instrumentos financieros que revistan las mismas condiciones.

En cuanto a la “Exposición Neta al Tipo de Cambio” (ENTC), las entidades deberán calcular la misma en base a la relación entre los activos totales en moneda extrajera y las reservas técnicas constituidas en la misma moneda, y no podrá superar el valor de 1,10 ni ubicarse por debajo de 0,90.

También se sumó un nuevo apartado (33.7.) vinculado al Régimen de información de Pasivos, que obliga a las entidades a presentar mensualmente (a los 5 días hábiles al cierre de cada mes), con carácter de declaración jurada, el detalle de todos los pasivos de los contratos. Se deberá discriminar según sean pasivos nominados en moneda pesos o de curso legal; nominados en moneda extranjera y pagaderos en moneda extranjera; y nominados en moneda extranjera y pagaderos en pesos.

Cronograma progresivo

A los fines del cumplimiento de la norma, la SSN estableció un plazo de adecuación que, según explicaron, “busca de alcanzar un punto de equilibrio para las entidades que se encuentren por fuera de la relación de calce de moneda”.

De esta manera, aquellas entidades que presenten exceso o déficit de ENTC deberán reducirlo conforme al siguiente cronograma:

  • Al 3/11/15 el 50% del exceso;
  • Al 30/11/15 el 75 % del exceso/déficit;
  • Al 31/12/15 el 100% del exceso/déficit.

Por lo tanto, de acá a dos meses, todo el mercado deberá cumplir al 100% este nuevo requerimiento, y desprenderse de aquellos títulos que no se adapten a la flamante regulación.

En complemento a ello, los operadores del sector deberán presentar en carácter de DDJJ, y con deadline el próximo miércoles 4/11/15, el detalle de los pasivos antes mencionados valuados al 26/10/2015 y al 03/11/2015; y el stock de inversiones al 26/10/2015 y al 03/11/2015.

Sin dudas, una medida de alto impacto para el mercado asegurador.

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