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La SRT extendió el plazo para que las PyMEs adhieran al plan de pagos de cuota omitidas

La medida, expresada a través de la Disposición GG N° 7/20 se publicó hoy en el Boletín Oficial.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) prorrogó hasta el hasta el 30 de junio de este año –inclusive- el plazo para que las micro, pequeñas y medianas empresas (PyMEs) se incorporen al régimen de planes de pago previsto por el organismo, destinado a cancelar deudas con el Fondo de Garantía en concepto de cuota omitida y de multas y recargos aplicadas por el organismo.

Del mismo modo, la SRT dispuso extender por 2 meses el plazo para pagar la primera cuota del plan, cuyo vencimiento se extendió al 20 de septiembre de este año. La normativa aclara que los pagos restantes vencerán en forma mensual y consecutiva el día 20 de cada mes o “inmediato posterior hábil”.

La medida se sustenta en la situación de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, declarada por el gobierno nacional mediante la sanción de la Ley Nº 27.541, ampliada luego a través del Decreto Nº 260/20, que declaró la emergencia pública en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el coronavirus Covid-19 por el plazo de 1 año.

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