Prevención Seguridad Vial

Un llamado al 0800 de la CNRT determinó la inhabilitación de dos conductores

Tal como anunció Mario Meoni, Ministro de Transporte, el miércoles pasado, ya se realizó un primer encuentro junto a representantes del  Ministerio de Trabajo de la Nación, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo y CNRT. En esa mesa multisectorial se evalúa cuál es la mejor opción para que los choferes trabajen en mejores condiciones para poder brindar mayor seguridad a los pasajeros.

El vehículo de la empresa Transportes Automotores 20 de junio S.A. partió ayer desde Mar del Plata hacia Mendoza. Previo a su salida fiscalizadores de la CNRT le labraron un acta de infracción por que ambos conductores presentaron una libreta de trabajo o control horario sin conformarse a los requisitos exigidos o con datos falsos o engañosos y por prestar servicios sin haber cumplido el descanso mínimo establecido reglamentariamente. A través del sistema de CNRT se verificó que ambas libretas presentaban datos falsos ya que las mismas indicaban que el día 14/02/20 era franco para ambos conductores  y en las bases de CNRT se registró una fiscalización ese mismo día. El servicio inició normalmente con dos  conductores nuevos que cumplían con el descanso adecuado.

En el transcurso del viaje, el 0800 de la CNRT recibió el llamado de dos pasajeros que denunciaban que los conductores desafectados estaban manejando nuevamente. Ante esta situación en la terminal de San Rafael se los volvió a controlar y se constató que la empresa realizó un cambio de conductores una vez que habían salido de la terminal de Mar del Plata. Dos nuevos conductores habilitados continuaron el servicio hasta llegar a Mendoza, donde fiscalizadores de CNRT constataron que esta vez no hubo un cambio de choferes en el camino.

La empresa ya tuvo antecedentes este año respecto al personal de conducción. Se le realizaron 7 actas, con un total de 15 infracciones, en distintos vehículos por prestar servicios con conductores que no hubiesen cumplido el descanso mínimo establecido reglamentariamente (6), por presentar una libreta de trabajo o control horario sin conformarse a los requisitos exigidos o con datos falsos o engañosos (6) o, incluso, por utilizar personal que no posea relación de dependencia con la empresa (3). Sumado a estas, se le labraron 16 actas por infracciones al vehículo o por incumplimiento de la documentación.

Todos los ciudadanos pueden consultar o realizar una denuncia en el 0800 – 333 – 0300 o en el Portal de Denuncias, control.cnrt.gob.ar. Ambos canales de reclamo de la CNRT funcionan las 24 hs.

SANCIONES

De acuerdo al Artículo 112 del Decreto Nº 1395/1998 presentar una libreta de trabajo o control horario sin conformarse a los requisitos exigidos o con datos falsos o engañosos, aplicará al transportista una multa de hasta 10.0 00 boletos mínimos.

A su vez, el Artículo 96 del Decreto Nº 395/1998 establece que prestar servicios con conductores que no hubiesen cumplido el descanso mínimo establecido reglamentariamente será penada con una multa de hasta 30.000 boletos mínimos.

Por su parte, de acuerdo al inciso K de la Resolución 28/ 2016, que establece las suspensiones de la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), a los conductores se les suspenderá el uso de su licencia por 90 días.

Fuente: Control del Transporte

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