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¿Qué es un mercado asegurador solvente y altamente profesional?

En un contexto con nuevas autoridades en la SSN, donde sus primeros lineamientos parecen hacer foco en la solvencia del mercado, en el último boletín de FAPASA se transcribe una columna de uno de sus asesores, el Dr. Carlos Fernández Blanco, quien da su visión sobre lo que él considera un mercado solvente y profesional.

En base a su experiencia y conocimiento del sector, el especialista considera que a su juicio “para el desarrollo de un mercado de seguros solvente y altamente profesional se requiere una condición previa que no depende de sus partícipes primarios. Hay un dato de la macroeconomía que es condicionante para su logro en forma integral: el valor de la moneda debe permanecer constante o por lo menos con la mínima variación, ya que es una condición necesaria pero no suficiente para promover un mercado de tales características”.

A su juicio, los efectos de la inflación son nocivos para todos, y sus implicancias son múltiples, como el caso del infraseguro. “La existencia de una razonable estabilidad en el valor de la moneda es sin duda una condición necesaria pero naturalmente no suficiente para promover un mercado de seguros solvente y altamente profesionalizado”, señala.

A continuación el Dr. Fernández Blanco, apunta cómo deberían actuar los principales partícipes del mercado asegurador:

[box]El organismo supervisor

La participación de la SSN es decisiva para el cumplimiento de los mejores propósitos. Es un organismo antártico técnica y financieramente, con personal capacitado como lo dispone la ley que lo instituyó en nuestro país, debería ser la base de un mercado solvente y altamente profesionalizado. Para realizar una eficiente gestión supervisora se requiere de un alto grado de formación en todos los integrantes del organismo. La capacidad permanente y el mérito personal deben ser los condicionantes para ocupar puestos de responsabilidad en su estructura.

Asimismo, el supervisor debería administrar los Fondos de Garantía para actuar con premura frente a sus situaciones de insolvencia. Debido a que la falta de este recurso hace que se demoren las soluciones drásticas en los casos en que se observan las correspondientes señales de deterioro.

Los empresarios del Seguro y Reaseguro

Las empresas aseguradoras y las reaseguradoras deben contar con un patrimonio importante no solo como elemento primordial de solidez al ser “reserva adicional de solvencia” y además, como una herramienta para promover la reducción porcentual de los gastos de explotación del país. Políticas claras, tarifas técnicamente correctas aplicadas con uniformidad, actitud responsable en el cumplimiento de las obligaciones, son condicionantes tan sencillos como necesarios de cumplir.

También, entre los empresarios deberían promoverse formas “asociativas” de asunción de riesgos. Si uno de los principios en que se basa su actividad es la fragmentación de los compromisos,  la recurrente actitud a no compartir, a no co-asegurar negocios o a no efectivizar retrocesiones localmente, esto es un impedimento para el desarrollo de un mercado de seguros altamente profesionalizado.

El Poder Judicial

El seguro es una operación de carácter técnico científica y a la vez jurídica. La Justicia puede hacer interpretaciones de acuerdo a las normas y reglamentaciones respecto de derechos y obligaciones de las parte pero no pueden establecer condenas que excedan los compromisos que correspondan a una de ellas. Por ello, el poder judicial no puede promover condenas basadas en el “deep-pocket” de las aseguradoras porque el dinero que ellas administran pertenece a la comunidad de riesgos que ellas protegen.

Además, la existencia de modernas herramientas de ofrecimientos obligatorios o que promuevan con eficiencia mecanismos de transacción ayudaría a evitar, sin negar a nadie, el derecho al reclamo judicial, la dependencia y el incremento del gasto que significa la incidencia negativa de las acciones judiciales sobre la actividad aseguradora.

Los intermediarios

Además de una intensa y amplia capacitación, los Productores Asesores de Seguros no deberían limitarse a intermediar en las coberturas básicas, ya que su función va más allá y deberían asumir que son la gerencia de riesgos de todas las personas y organizaciones. La transferencia de datos en forma digital ha creado nuevas obligaciones en la gestión de las operaciones. En ese sentido, ellos podrían requerir mayores remuneraciones por su participación en los procesos de emisión, pero no pueden oponerse al avance de la tecnología. Es necesario promover una reglamentación que exija la existencia de contratos formales entre los intermediarios y las entidades aseguradoras, donde se especifiquen derechos y obligaciones de las partes y los procedimientos que deberán  respetar ambos en el proceso de emisión y durante la vigencia de las coberturas.

Por último, en cuanto a los agentes institorios, la última norma sancionada ha limitado su ejercicio a las personas jurídicas y con esto se logró un avance en la exclusión de “falsos productores” que hacían ejercicio ilegal de la profesión. Pero la Resolución deja la puerta abierta para la participación en los procesos  de intermediación de numerosas empresas sin antecedente alguno, y lo mismo vale advertir en el otorgamiento de la inscripción en el registro de “call centers”. Es preciso reglamentar en esa línea, estas formas de contacto, porque la experiencia muestra numerosos casos de abusos en su ejercicio.[/box]

Conclusiones

En base a lo comentado, el Dr. Fernández Blanco cierra su opinión resumiendo los pilares que deberían sustentar un mercado solvente y profesional, a saber:

Que el organismo supervisor goce del prestigio y el respeto de todos los partícipes por la calidad de su gestión, lo oportuno y razonable de sus normas que son dictadas para lograr la solvencia de los supervisados y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en beneficio de la comunidad de asegurados.

Que los asegurables tengan a su disposición todas las coberturas elementales o complejas tendientes a transferir los riesgos a los que puedan estar expuestos o en todo caso a reducirlos a su mínima expresión.

Que las entidades autorizadas, estables y solventes, estuvieran dispuestas a abonar en forma rápida e integral las reparaciones que ofrecieron en el momento de su contratación, con las minimas y razonables exclusiones.

Que los intermediarios se involucren con empreño para facilitar las mejores coberturas para sus asegurados y el cobro de lso siniestros de sus clientes en tiempo y forma, hasta el límite del siniestro o de la suma asegurada.

Por último, que en todos los habitantes conociesen y fueran conscientes desde la educación elemental de las necesarias conductas de prevención, del conocimiento de los riesgos a los que se encuentran expuestos, de la posibilidad de contratar las coberturas correspondientes, y de que en caso de tener el infortunio que da lugar a la indemnización correspondiente, solo pretendan percibir la reparación del daño sufrido o la reposición de las cosas perdidas.

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