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Habla la SSN sobre importantes novedades en Reaseguros y Seguros atados a Créditos Prendarios

En exclusiva para 100% SEGURO, Ana Durañona y Vedia revela lo que se ha acordado para el pago de reaseguros al exterior y da su mirada sobre una norma muy esperada por los PAS.

ENTREVISTA 100% SEGURO.- Mucha información, y relevante, se ha dado esta semana en el mercado asegurador. A principios de la misma, dimos cuenta de la Resolución 24/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (ver nota), que regula la contratación de seguros para bienes adquiridos mediante créditos prendarios y planes de ahorro.

Por otro lado, un encuentro entre la SSN y el Ministerio de Economía arrojó novedades en un tema trascendente como es el Reaseguro. Ambas noticias son aquí explicadas, en declaraciones exclusivas para 100% SEGURO, por la Dra. Ana Durañona y Vedia, Gerente de Coordinación General de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

REASEGUROS

“Tras una fructífera reunión que mantuvimos junto a la Superintendenta Adriana Guida con el Ministro de Economía, Sergio Massa, se definió que la Superintendencia de Seguros de la Nación, dada su especial competencia exclusiva y excluyente en materia aseguradora y las particularidades técnicas de la actividad sujeta a su contralor, será quien analice, fiscalice y controle las solicitudes de pagos de reaseguros al exterior”, explica la funcionaria.

A tales fines, el Organismo se encuentra en la etapa final de desarrollo del sistema de carga de solicitudes de pago, estableciendo de esta manera “un nuevo eslabón fundamental en la cadena de control tendiente a agilizar la gestión de las autorizaciones”.

Las aseguradoras y reaseguradoras deberán completar el formulario de solicitud de pago a través de un aplicativo para luego presentarlo al Organismo, a fin de que el requerimiento sea analizado en función de su justificación técnica y congruencia con la información remitida por las entidades supervisadas. Luego, podrán cargar en el Sistema SIRASE (Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior) aquellas solicitudes que cuenten con el aval previo de la SSN.

“A través de este mecanismo, nos orientamos a promover que las prácticas de los operadores sometidos a la égida de control del Organismo se pongan de manifiesto con total transparencia y que una herramienta fundamental para el mercado de seguros como es la capacidad de reasegurarse en el exterior, se encuentre enmarcada dentro del sentido de ser el verdadero respaldo de una entidad cuando lo necesita, garantizando la protección de la vida, la propiedad y las actividades públicas y privadas”, detalló Durañona y Vedia.

SEGUROS ATADOS A CRÉDITOS PRENDARIOS

“Con el dictado de la Resolución SSN 24/2023 se buscó otorgar a los asegurados deudores prendarios mayor libertad y condiciones equitativas de contratación. Es decir, a igual riesgo, plazo y cobertura que la de los asegurados no prendarios, igual prima. Esto lo remarco porque en la Superintendencia hemos recibido denuncias por parte de los asegurados sobre abusos en el sentido de que se les cobraban más caros los mismos seguros”, sostuvo la abogada sobre esta importante novedad.

En el mismo sentido, la norma propicia que el asegurado pueda contratar su seguro de manera directa con la compañía o a través de un Productor Asesor de Seguros o Agente Institorio, ampliando de esta manera los canales de comercialización, pudiendo contar con el asesoramiento de un PAS a los efectos de evaluar las distintas opciones de cobertura y el acompañamiento necesario a  la hora de sufrir un siniestro.

“También la norma establece que si la persona no designa un PAS, el acreedor no podrá trasladarle el costo de intermediación de ninguna manera”, resaltó Durañona y Vedia respecto a otro de los puntos de la flamante norma.

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