COMUNICACION “A” 5795 del BCRA.-
A través de esta norma, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó una serie de disposiciones orientadas a profundizar la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros, disponiendo lo siguiente:
- Las entidades financieras no podrán cobrar cargos o comisiones que deriven de la prestación de un servicio cuya comisión o cargo se encuentren incluidos en otros conceptos ya cobrados por las entidades.
- Las entidades financieras no podrán aplicar cargos o comisiones a las operaciones realizadas por los usuarios por ventanilla en sucursales diferentes a aquella en la que esté abierta la cuenta. Esta limitación incluye los movimientos de fondos en efectivo en pesos –depósitos y extracciones- y la recepción de cheques efectuados por cuenta propia o de terceros.
- En ningún caso las entidades financieras podrán registrar retribuciones o utilidades por los seguros que sus usuarios deban contratar como condición para acceder a un servicio financiero.