Normas y Proyectos SSN

Le prohíben a Liderar ART celebrar nuevos contratos de seguros

RESOLUCION SSN 75/2018.-

Tras ser advertida por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo por diversos incumplimientos (ver nota), ahora la Superintendencia de Seguros de la Nación fue más allá y le prohibió a Liderar ART celebrar nuevos contratos de seguros.

Asimismo, la emplazó para que en el plazo de 30 días corridos reintegre el capital a los efectos de revertir el déficit determinado de $ 716.186.052. Fue notificada a esos efectos la SRT, a fin de que asuma la intervención de su competencia a partir de la medida adoptada.

Vale decir que el déficit mencionado surgió a partir del análisis del Balance correspondiente al ejercicio económico anual cerrado al 30/06/2017. Ante ello, la SSN intimó a la ART para que presentara sus Estados Contables Rectificados y un Plan de Regularización y Saneamiento en el plazo legal previsto.

En ese entonces se adoptaron medidas cautelares, disponiéndose la prohibición de realizar actos de disposición respecto sus inversiones a cuyos efectos se ordenó su inhibición general de bienes.

Como consecuencia de ello, Liderar ART interpuso un recurso de apelación, el cual fue sustanciado y concedido al sólo efecto “devolutivo”, encontrándose a la fecha los actuados pendientes de elevación a la Cámara de Apelaciones en lo Comercial de la Capital Federal, hasta tanto finalice la feria judicial.

Vencido el plazo por el que Liderar ART fuera emplazada para dar explicaciones y adoptar las medidas para mantener la integridad de su capital mínimo, debiendo en consecuencia presentar el correspondiente Plan de Regularización y Saneamiento, la ART no ha efectuado presentación alguna.

“La aseguradora no sólo no ha arrimado propuesta alguna que permita advertir una actitud proactiva en pos de superar la situación deficitaria que la afecta, sino que, muy por el contrario, se ha puesto de manifiesto con serio desprecio frente a las disposiciones legales de aplicación y a la intimación que se le articulara”, advierte la SSN en los fundamentos de la presente Resolución.

De esta manera, quedó configurada una situación de mayor gravedad aún a la que hubiera implicado la presentación de un plan de regularización inviable, siendo que la entidad se ha apartado de la norma. Es así que se decidió ampliar las medidas cautelares oportunamente adoptadas, conllevando a la mencionada prohibición para celebrar nuevos contratos de seguro. Y complementariamente, toda vez que la SSN no cuenta con una propuesta viable de saneamiento de la situación deficitaria de su capital mínimo (más de $716 millones), es que se la emplazó a reintegrar el capital en 30 días corridos.