Normas y Proyectos SSN

La SSN requerirá información sobre operaciones de compra y venta de activos en dólares

A través de la Circular SSN N° 33830368/2020 publicada el día 22 de mayo del 2020 la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dictaminó que, para el período entre el 01.04.20 y 30.04.20 y en lo sucesivo para todo período mensual, las entidades sujetas a la supervisión del Organismo deberán informar – en carácter de Declaración Jurada y en un plazo de 10 días – los siguientes requerimientos:

  1. Operaciones de compra y venta de activos nominados en dólares estadounidenses que encuadren en compra en pesos y liquidación en dólares dentro de un período de CINCO (5) días hábiles, detallando en formato tabla y para cada caso el tipo de operación (compra/venta), código de especie, valor nominal, monto de liquidación, moneda en la cual se realizó la operación y fecha de operación. El detalle deberá ser presentado en la DDJJ.
  2. Origen de los fondos con los que se iniciara la operación y destino de los dólares estadounidenses recibidos por la liquidación.
  3. Si en el punto 1 registró operaciones, deberá informar todo pago realizado en moneda dólar estadounidense dentro del período, indicando monto, concepto por el que se realizó el pago y –en caso de corresponder- tipo de cobertura involucrada.
  4. De existir saldo remanente en moneda dólar estadounidense entre el producido de una operación indicada en el punto 1) y lo señalado en el punto 3), se sirva indicar y documentar el destino dado al mismo.

La presentación deberá ser suscripta por el Presidente de la Entidad Aseguradora y presentarse indicando el N° de la Circular antes mencionado, a través del Trámite a Distancia (TAD) “Dar Respuestas a Notificaciones de Gerencia de Evaluación – Código SSNA00192”.

Cabe destacar que la DDJJ deberá ser presentada por todas las entidades, tengan o no operaciones que informar y que el pedido de información deberá ser cumplimentado en un plazo de 10 días corridos.

Respecto a las futuras presentaciones con carácter de DDJJ mensual que se requieren, las mismas deberán dar cumplimiento en idéntico plazo al ordenado para el mes de abril: 10 días corridos desde fin de cada período.

La Superintendencia de Seguros de la Nación comunica que a partir de ahora, las operaciones de compra de títulos valores con moneda de curso legal y su posterior venta con liquidación en moneda extranjera en una cuenta local o extranjera podrán ser pasibles de la aplicación de las medidas disciplinarias que en derecho corresponda.

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