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Justicia condenó a compañía de seguros por modificar una póliza

La Justicia Federal sentenció a Liderar Compañía de Seguros, ya que la aseguradora quiso evadir la obligación contractual con un cliente al desconocer el alcance de la póliza de seguro automotor. Además, según la Justicia, presentó documentación falsa «diseñada para la ocasión».

El hecho ocurrió el 28 de febrero de 2010, en Posadas. Se trató de un siniestro vial, protagonizado por una moto y un auto, conducido por un asegurado de Liderar. El motociclista resultó con lesiones graves que derivaron luego en una demanda civil contra el conductor del vehículo mayor.

De acuerdo a lo informado por iProfesional, cuando el asegurado de Liderar quiso iniciar los trámites para hacer uso de la cobertura convenida mediante contrato con su aseguradora, la empresa intentó incumplir sus obligaciones, presentando una póliza modificada, con un monto de cobertura de solamente el 3% (90.000 pesos) de lo que era la verdadera póliza ($3 millones), por lo cual el automovilista se vio obligado a recurrir a un abogado y demandó a Liderar.

Según el expediente 4590/2014 del Juzgado Federal de Primera Instancia, la aseguradora no cumplió con ninguna de las obligaciones emergentes del contrato oportunamente suscripto ni proveyó de defensa penal, ni se ocupó de proveer la defensa civil y señala la gravedad del hecho, en cuanto a la posición asumida por la parte aseguradora que en su presentación negó la cobertura por el monto acordado de 3 millones de pesos y declaró un monto inferior, 90 mil pesos, adjuntando como documental en la causa civil una «supuesta póliza por tales montos». La compañía reconoció el error sólo después de que la defensa del cliente accidentado enviara una carta documento con la «copia certificada de la póliza de seguro original» que, efectivamente, establecía una cobertura de 3 millones de pesos. Liderar expresó que su accionar se trató de un error administrativo involuntario que fue subsanado al rectificarse y presentar la póliza.

El juez en sus considerandos entiende que «se expone una conducta de parte de la empresa aseguradora que implicó un incumplimiento contractual, ya que limitó su responsabilidad al contestar en la demanda en la causa cuando acompañó una póliza no coincidente con la que había contratado su cliente, lo cual fue expresamente reconocido al manifestar que fue ‘por un error involuntario’, rectificándose a posteriori. Sin embargo, ello no fue por voluntad propia sino por la injerencia que tuvieron los representantes legales de la parte actora que intimó a que se rectificara bajo apercibimiento de iniciar acciones legales».

«La actitud asumida por la aseguradora, requiere de la atribución de la máxima culpa, atento a que no sólo incumplió con sus obligaciones, sino que presentó documentación apócrifa, falsa y especialmente diseñada para la ocasión, dirigida a obtener un claro beneficio a su favor», expresa el juez entre los argumentos de la sentencia.

A su vez, siempre según lo informado por iProfesional, en el documento judicial se señala un antecedente con una maniobra de similares características :»Liderar Compañía de Seguros participó de un hecho similar al presentado en esta causa, tramitado ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 1001 bajo la carátula Liderar Compañía General de Seguros S.A. s/ presunta infracción a la normativa legal vigente’ donde consta el dictamen, que la compañía habría incurrido en un falseamiento de datos en torno al límite de la cobertura denunciado en relación a la póliza», dice el escrito judicial.

La firma Liderar está obligada a indemnizar a quien fuera su asegurado, una vez que la sentencia quede firme.

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