Mercado Seguros

Instituto Asegurador Mercantil detalla los 3 seguros de vida que protegen a los Empleados de Comercio

El Instituto Asegurador Mercantil informó sobre las coberturas de seguro con que deben  contar los comercios y empresas del sector.

En el país hay  más de 1.5 millones de trabajadores que se desempeñan en el área  de comercio y servicios, e integran  Sindicatos y Centros de Empleados  de  Comercio. Para  poder brindar las prestaciones al trabajador  y su  familia  y, además, cumplir  con el Convenio Colectivo de Trabajo y la legislación vigente,  sus empleadores deberían contratar 3 seguros diferentes, todos de muy bajo costo.

Obviamente, a esto se agrega la cobertura de Riesgos del Trabajo que rige de manera universal. Esta batería busca proteger  integralmente en lo económico  a los trabajadores y su familia, ante eventualidades severas que impliquen imposibilidad de continuar con sus tareas de manera habitual  por incapacidad o fallecimiento.

Características:

Cobertura Carácter Riesgo Beneficio
1-Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nº 1567/74 Obligatorio $20.000
2-Seguro de Vida Convenio Mercantil art. 97 de la CCT Nº 130/75 Obligatorio

 

Por  muerte o invalidez total y permanente. Con adicionales por accidente.

 

$ 122.635 equivalente a

12 sueldos de la

categoría “A” del CCT 130/75.

Se actualiza automáticamente junto con las paritarias.

3-Seguro Ley de Contrato de trabajo. Ley Nº 20.744 y modif. Importante Por  muerte o invalidez total y permanente aún por causas ajenas a lo laboral.

 

Por muerte: el 50 % de la indemnización  de despido.

Por invalidez total: el 100 % de dicha indemnización.

 

Fuente: Instituto Asegurador Mercantil

 ¿Cuánto se cobraría en caso de fallecimiento o invalidez total permanente de un trabajador que percibe $ 15.000- mensuales y  tiene una antigüedad de 20 años (*)?

Cobertura Muerte Invalidez total
1-Seguro Colectivo de Vida Obligatorio Decreto Nº 1567/74 $ 20.000- -0-
2-Seguro de Vida Convenio Mercantil art. 97 de la CCT Nº 130/75 $ 122.636- $ 122.636-
3-Seguro Ley de Contrato de trabajo. Ley Nº 20.744 y modif.(20 años de antigüedad) $ 150.000- $ 300.000-
Total $ 292.636- $ 422.636-

Fuente: Instituto Asegurador Mercantil.

 (*) En caso de accidente de trabajo, además, se percibirá las indemnizaciones correspondientes a la ART

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