El pasado 3 de noviembre, la Justicia falló en contra de la Resolución SSN 39.517, según fuentes que informaron a DyN , la medida a través de una «cautelar interina», fue dispuesta por el juez federal de Rosario Hernán Zucchi, señala el sitio web Infobae.
La resolución favoreció a Cooperación Mutual Patronal, que presentó la demanda contra la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), debido a la significativa pérdida patrimonial que representa la medida, sobre todo cuando responde a un problema ajeno al sector y vinculado al mercado cambiario, tal como aseguramos en una publicitación anterior en 100% SEGURO. (ver nota)
Si bien la decisión es sobre un caso particular, se cree que se sumarán a esta acción la Asociación Argentina de Compañías de Seguros, AVIRA, la UART, ADEAA y la AAMCS.
De acuerdo con la nueva ley de cautelares, el Gobierno debe ahora elaborar un informe donde justifique la medida objetada en este caso.
A los fines de resguardar la eficacia de las resoluciones que pudieran dictarse en la causa, decido hacer saber a la SSN que se abstenga de concretar cualquier acto que implique el desprendimiento de activos en moneda extranjera de la actora, en los términos de la resolución 39.517/15″, dispuso el Juez.
Además, Zucchi en cuanto a la cautelar interina, señaló que hasta «el momento de la presentación del informe previo (Ley 26.854, art. 4°, inciso 1°, párrafo 3°) o del vencimiento del plazo para su presentación», el magistrado dijo que «sólo cuando haya circunstancias graves y objetivamente impostergables lo justificaran, el juez o tribunal podrá dictar una medida interina, cuya eficacia se extenderá hasta el momento de la presentación del informe o del vencimiento del plazo fijado para su producción».