La Superintendencia de Seguros de la Nación comunica con fecha del 19/10/2015, a las entidades Aseguradoras y Reaseguradoras que el Comité de Elegibilidad ha determinado computable para el Punto 35.8.1., Inciso K, las siguientes inversiones productivas:
Obligaciones Negociables:
– YPF S.A. – Obligaciones Negociables Clase XLIII
– Integración Eléctrica Sur Argentina S.A.
– VCP Clase III – INVAP S.E. – Obligaciones Negociables Clase III