Normas y Proyectos SSN

Sanciones de la SSN: inhiben a una nueva aseguradora y conceden apelación a otra

Siguen las novedades en torno a las supervisiones de la SSN y las medidas sancionatorias a los operadores del mercado. En este caso, se trata de una inhibición -por un lado-, y el visto bueno a un recurso de apelación por el otro.

RESOLUCIÓN SSN 603/2024: Otra aseguradora a la que, atento a sus irregularidades, le pasa una inhibición de bienes. En este caso, se trata de La Equidad Social Compañía de Seguros S.A., a la que a su vez se le prohíbe realizar actos de disposición respecto de sus inversiones.

La medida responde a la falta de presentación de los Estados Contables correspondientes al período cerrado al 30 de septiembre de 2024.

Recordemos que se trata de una aseguradora de seguros generales asentada en la Ciudad de Buenos Aires, cuyo principal accionista (97,25%) es Adrián Ricardo Musa, quien a su vez es presidente del directorio. La misma comenzó a operar a mediados de 2021, inicialmente autorizada en sepelio, y poco después de un año, se le revocó esa autorización y se la habilitó para comercializar seguros automotores.

RESOLUCIÓN SSN 601/2024: En este caso, la SSN le concedió el recurso de apelación interpuesto por Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, respecto de la medida adoptada por la Resolución SSN 549/2024.

Recordemos que por dicha norma se le aplicó una multa por $ 19.800.668, ante la denuncia por falta de pago de las sumas fijadas en numerosos expedientes judiciales, mediando sentencia firme en contra de la aseguradora en cada uno de ellos (ver nota).

«El recurso de apelación por el que se impugna la resolución de carácter particular precedentemente identificada, ha sido presentado en tiempo y forma, por lo que resulta formalmente admisible», se indica en los fundamentos de la resolución, en la cual a su vez se explica que los agravios articulados han sido objeto de un pormenorizado análisis en el dictamen de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SSN, en el que concluye que los argumentos que pretenden sustentarlos carecen de entidad suficiente para descalificar a la referida Resolución SSN 549/2024.