El informe del Proyecto de Ley presentado en el Congreso advierte que todos los productores agropecuarios del territorio nacional deberán contar con su producción asegurada en un plazo de 5 años. Aquellos productores que económicamente no puedan acceder a seguros agropecuarios integrales y lo demuestren de acuerdo a las condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, el Estado Nacional otorgará subsidios para el pago de las primas, de acuerdo a dos condiciones: la primera, no deberá superar el cincuenta por ciento (50%) de la prima y la segunda, el plazo máximo de entrega será de 10 años. Cumplido el plazo, cada productor deberá solventar el pago por su cuenta.
En los seguros de daños a la explotación agropecuaria, la indemnización se puede limitar a los que sufra el asegurado en una determinada etapa o momento de la explotación, con respecto a todos o algunos de los productos, y referirse a cualquier riesgo que los pueda dañar», señala el diputado de UNIR, Alberto Emilio Asseff.
Para valuar la indemnización se calculará el valor que habría tenido la producción si no hubiera habido siniestro al tiempo de la finalización de su ciclo productivo o el valor de la producción fijado en la póliza, salvo que el asegurador demuestre que el valor tasado es mayor al efectivo valor de la producción al momento del siniestro. En el caso de que la producción dañada tenga algún uso al que puede aplicarse y posea un valor inferior después del daño, el asegurador pagará la diferencia como indemnización», testifica el firmante.
Por otra parte, se creará dentro de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) la Oficina de Seguro Agropecuario Integral (OSAI) la cual deberá establecer un mercado de seguros integrales en todo el territorio nacional que contemple todos los mecanismos existentes, como los seguros prima y los seguros mutuo; regular el mercado de seguros agropecuarios integrales; permitir el acceso a pequeños y medianos productores a seguros agropecuarios integrales a través de distintas estrategias de financiamiento y fomentar el establecimiento de asociaciones solidarias de productores y los sistemas de autoseguro.
En la actualidad existen seguros agropecuarios, en su gran mayoría seguros agrícolas. En la Ley de Seguros Nº 17.418 se establece una diferencia entre los seguros agrícolas y los seguros pecuarios. En consecuencia a esto, el Proyecto de Ley pretende modificar ambas actividades de manera integral, sin dejar de lado las particularidades de cada una.
Según se informa en los fundamentos del proyecto, el mercado de seguros agropecuarios integrales pretende ofrecer una solución efectiva a todas las situaciones en las que se produzcan eventualidades desfavorables para la producción, pero que no lleguen a la gravedad de una declaración de emergencia agropecuaria. Y también pretende ser superador de las actuales ofertas de seguro, solo referidas a riesgos nombrados (granizo, heladas, multirriesgo y sus posibles adicionales).
Por otra parte, se pretende con el Proyecto de Ley que las empresas que ofrezcan seguros agropecuarios integrales puedan reasegurar su cartera, algo que en la actualidad es muy difícil, por la magnitud del riesgo, lo cual genera que no se ofrezcan este tipo de seguros.
La estrategia que proponen es la modificación de diversos artículos de la vigente Ley de Seguros Nº 17.418. Debido a que la mayoría de los artículos apunta a generalizar las producciones, y no diferencia el tipo de producciones tanto para el sector agrícola como para el pecuario, plantea Asseff.
Una de las modificaciones que se pretende es en cuanto a los mecanismos de valuación de la indemnización de los asegurados. En ese caso, se calculará el valor que habría tenido la producción si no hubiera habido siniestro al tiempo de la finalización de su ciclo productivo o el valor de la producción fijado en la póliza, salvo que el asegurador demuestre que el valor tasado es mayor al efectivo valor de la producción al momento del siniestro. En el caso de que la producción dañada tenga algún uso al que puede aplicarse y posea un valor inferior después del daño, el asegurador pagará la diferencia como indemnización.
Esta modificación, por un lado apunta a cubrir todos los posibles mecanismos de indemnización y por otro a tener en cuenta las posibles utilizaciones de la producción dañada. Otra de las modificaciones es en el plazo de denuncia por parte del productor al asegurador. Será solo de 24 horas luego de conocido el hecho salvo acuerdo de partes.
Por último, se pretende realizar la cobertura veterinaria integral de la producción pecuaria en caso de enfermedades que ameriten cobertura de las aseguradoras. De esta manera, en el caso de que el/los animal/es se enfermen, la cobertura será la asistencia integral, lo que incluirá la totalidad del tratamiento y los medicamentos necesarios.