En el marco del análisis de suficiencia de los límites del Seguro de Responsabilidad Civil para los Vehículos Automotores y/o Remolcados y Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros que la SSN realiza en octubre de cada año, en esta oportunidad decidió utilizar la variación de la Tasa de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE).
Esa metodología consiste en aplicar la Tasa FACPCE, la cual para el organismo de control resulta un factor de ajuste objetivo para obtener las correcciones de los importes de las sumas aseguradas de los seguros voluntarios y obligatorios, junto con los montos correspondientes a los Gastos Sanatoriales y de Sepelio de la Obligación Legal Autónoma y las franquicias establecidas en la normativa vigente.
Nuevos montos
Se autoriza a las aseguradoras a celebrar contratos de Seguro de Responsabilidad Civil – Seguro Voluntario para los Vehículos Automotores y/o Remolcados, con los siguientes límites únicos y uniformes de cobertura por acontecimiento:
- De $39 millones para Automóviles y Camionetas, Vehículos Remolcados, Autos de alquiler sin chofer, Motovehículos y Bicicletas con motor, y Casas Rodantes.
- De $85 millones para Taxis y Remises, Maquinarias Rurales y Viales, Camiones y Semitracciones, Acoplados y Semirremolques, Servicios de Urgencias, Fuerzas de Seguridad y M1.
- De $127 millones para M2 y M3.
En el caso de Vehículos intervinientes en un servicio convenido por intermedio de una Plataforma Tecnológica (Uber, Cabify, etc.), las aseguradoras podrán celebrar contratos de Seguro de Responsabilidad Civil con el límite obligatorio, único y uniforme de cobertura por acontecimiento de $85 millones.
Por otro lado, el concepto por Muerte o incapacidad total y permanente por persona sube a $3.900.000.
Otras novedades
Tal como se define en la presente, en cuanto a las Condiciones Generales del Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos Automotores destinados al Transporte Público de Pasajeros, el asegurador asume la obligación únicamente a favor del asegurado y del conductor, hasta la suma máxima por acontecimiento de $ 127 millones por lesiones y/o muerte a personas, sean éstas transportadas o no transportadas y por daños materiales, hasta ese monto para cada acontecimiento sin que los mismos puedan ser excedidos por el conjunto de indemnizaciones que provengan de un mismo hecho generador.
Por otro lado, se pasa a cubrir la Obligación Legal Autónoma por los siguientes conceptos:
- Gastos Sanatoriales por persona hasta $ 170.000.
- Gastos de Sepelio por persona hasta $ 100.000.
Respecto a la Franquicia o Descubierto Obligatorio a Cargo del Asegurado, pasa a $ 645.000.
Pasando a la Póliza Básica del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil, la Obligación Legal Autónoma toma los mismos parámetros que para TPP:
- Gastos Sanatoriales por persona hasta $170.000.
- Gastos de Sepelio por persona hasta $100.000.
Vale destacar que la medida rige para las pólizas emitidas y/o renovadas a partir del 1° de enero de 2023.