El proceso abarca a las ART, los EA y las ART Mutuales, y permite registrar las visitas presenciales que realicen a establecimientos mediante constancia digitales de visitas. Suma la novedad de incorporar imágenes y material audiovisual complementario en los formularios digitales.
Asimismo, se prevé que las aplicaciones que se desarrollen a fin de implementar el registro digital de visitas garanticen la seguridad e integridad de los datos consignados y mantengan un adecuado mecanismo para la identificación y autenticidad de las y los usuarios que registren la información. El contenido mantiene exigencias de la normativa vigente y la notificación a las y los empleadores se realizará mediante la ventanilla electrónica.
Por otro lado, las previsiones de la nueva normativa son facultativas, por lo que los actores que aún no puedan alcanzar los estándares podrán seguir dando cumplimiento a las normas vigentes en la materia como hasta ahora.
La innovación se encuentra en los estándares de registro, validación, almacenamiento y accesibilidad a los datos relacionados a la constancia digital de visita presenciales. En este sentido, dispone el contenido que debe quedar reflejado en las constancias digitales de visita para que sean consideradas válidas. Los datos relevados son validados mediante el uso de API (Interfaces de Programación de Aplicaciones). La acreditación de constancias digitales de visita tendrá que ser almacenada y conservada por las ART, los EA o las ART Mutuales, para acreditar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo ante los órganos de control o autoridad requirente.
La Prevención 4.0. refleja el compromiso de la SRT de alcanzar nuevos medios para el cumplimiento de las obligaciones fundamentales del sistema de riesgos del trabajo. La innovación para el intercambio de la información entre los actores del sistema, favorece la implementación de medidas de control eficientes y orientadas a los aspectos eminentemente preventivos de la conducta de las ART, los EA. y las ART Mutuales