La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) informó este martes que en marco del nuevo enfoque de Supervisión Basada en Riesgos de Conducta de Mercado, emitió la Circular N°2180 que imparte nuevas instrucciones a las compañías de seguros de vida y corredores de seguros sobre la comercialización de Seguros con Ahorro, tal como afirma una nota del sitio web La Tercera.
[box type=»note»]En el mercado este tipo de pólizas también son conocidas como seguros con Cuenta Única de Inversión (CUI) y es un producto que ofrece a las personas protección en caso de fallecimiento, invalidez u otras coberturas, y una acumulación de ahorro futuro.[/box]La Circular N°2180 logra hacer más transparente la comercialización de estos seguros y fomenta una decisión de compra informada por parte de los asegurados. Para ello, se refuerza la regulación en temas como la claridad de los textos de las pólizas, la publicidad e información que se proporciona a los asegurados y el deber de asesoría de las aseguradoras e intermediarios.
Esta nueva norma fomenta el trato justo entre la industria aseguradora y los asegurados, dándole mayores grados de transparencia y entregándoles herramientas a los usuarios para que tomen decisiones de inversión y ahorro mejor informados», destacó el Superintendente Carlos Pavez.
Uno de los principales puntos de la norma es reiterar lo dispuesto en el nuevo Código de Comercio, que para las pólizas de seguros suscritas desde el 1 de diciembre de 2013, obliga a las compañías de seguros a no aplicar cargos a aquellos clientes que den por terminada la póliza o, a aquellos casos en que el usuario desee realizar el rescate total de su Seguro con Ahorro.
Con la Circular N°2180 las aseguradoras no pueden hacer este tipo de cargos ni colocar ninguna condición o procedimiento que obstaculice o demore la decisión tomada por el cliente.
En caso de rescates parciales, las compañías pueden aplicar cobros de acuerdo a lo establecido en el contrato de seguro.