Hablar de cambio climático es entender cómo está evolucionando y cambiando el reconocimiento de derechos a nivel mundial. La idea de un mundo mejor y más sostenible solo es posible con regulaciones que estén atadas a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) propuestos por la ONU.
Durante el último evento de Seguros SURA, “En defensa de la naturaleza” Alberto Ruda, decano de la Universidad de Girona (España) y autor de más de 125 publicaciones, habló sobre la evolución que está teniendo la protección del medio ambiente desde el punto de vista jurídico “Se trata de un fenómeno que no es exclusivo de ningún país, sino que responde a desarrollos que se producen en diversas partes del mundo”, comentó el experto.
La relación entre el cambio y el litigio climáticos está en una constante transformación. De todas formas, hay un gran desafío pendiente. El experto afirma que se trata de un reto enorme porque los ordenamientos jurídicos parten de un enfoque individualista cuando se trata de la responsabilidad extracontractual. Sin embargo, este fenómeno tan conocido para los abogados es un mecanismo que funciona bien cuando existe una víctima individual, concreta e identificable con nombre y apellido.
En otras palabras, se trata de un enfoque antropocéntrico que se centra en las personas. Se presupone que hay ‘un otro’, un individuo que es víctima. Hoy en día, el fenómeno de contaminación y destrucción del medio ambiente significa que los recursos que se ven implicados no siempre afectan a una persona concreta. A menudo se trata de daños a recursos que pertenecen a todos los habitantes del planeta.
Esto supone un problema desde el punto de vista regulatorio, según los expertos como Ruda. El cambio climático es algo ignorado por casi todos los códigos civiles del mundo. Si bien las legislaciones nacionales generalmente contienen alguna norma que protege el medio ambiente, el cambio climático no está sobre la mesa; las constituciones no suelen hablar de este fenómeno.
El rol de las aseguradoras
En un escenario como este, donde los Estados permanecen más bien pasivos ante el cambio climático, las iniciativas privadas cobran una importancia enorme. Principalmente las aseguradoras, ya que el rumbo que descuida al medio ambiente conducirá a que las empresas van a tener que terminar indemnizando por la situación.
Las aseguradoras siempre tendrán lugar donde exista un riesgo patrimonial o extrapatrimonial para indemnizar o resarcir. Esto se debe a la proliferación de este tipo de pronunciamientos judiciales en donde se responsabiliza cada vez más a los particulares y al Estado de cualquier daño ambiental.
“Este rol clave que cumplimos las aseguradoras viene dado por una situación particular. Y es que los riesgos ambientales son inconmensurables y cualquier dinero o indemnización que se pague no se compadece con el daño efectivamente producido. Frente a este escenario, tenemos una gran oportunidad y posibilidad de competir en mercados que están cerca del aseguramiento pero que se parecen más a la financiación” explica César Augusto Martínez Acevedo, gerente de Asuntos Legales y Regulatorios en Seguros SURA.
Es así como las aseguradoras deberán contar con la capacidad de acompañar proyectos de energías alternativas, reducción del carbono y de la transformación de industrias que resulten agentes contaminantes considerables. Por otro lado, es fundamental garantizar que esa transformación represente a los asegurados un capital o una resiliencia para que puedan afrontar el cambio climático. El sector asegurador tendrá que financiar proyectos y acompañar iniciativas en donde el riesgo no sea el daño que se genera al medio ambiente, sino garantizar una transformación social y corporativa por el cuidado del planeta.