A partir de este lunes 2 de noviembre, se implementarán las modificaciones en el Sistema de Rubrica Digital de libros creado por la Resolución SSN N° 37.267 del 23 de noviembre de 2012.
En el documento, se detallan las siguientes consideraciones:
a) En relación con el Registro de Operaciones de Seguros:
1.) Se elimina el campo de carga «número de orden» correspondiente al Registro de Operaciones de Seguros -ROS-.
2.) La denominación del campo «Observaciones Tipo» correspondiente al Registro de Operaciones de Seguros -ROS- fue redefinida bajo el título «Tipo de Operaciones», manteniendo el mismo alcance y precisiones definidos en la Comunicación SSN N°3591 del 16 de mayo de 2015.
3.) Fueron reordenados los conceptos del desplegable correspondiente al campo «Tipo de Contacto» del Registro de Operaciones de Seguros -ROS-.
4.) Se incorpora el campo de carga obligatorio «Organizador» donde se deberán consignar los datos de la matricula de dichos intermediarios en los casos en que los supervisados hubieren sido instruidos, dirigidos o asesorados conforme las precisiones de la Ley N° 22.400.
5.) Los denominados endosos de re-facturación será conceptos de carga optativa para los supervisados.
b) Otras modificaciones incorporadas al Sistema de Rubrica Digital:
6.) Validación de envíos: El sistema brindará una respuesta parcial instantánea luego del envió de un archivo. Dicha respuesta validará aspectos relativos con la estructura del archivo enviado.
7.) Exportar registros: Esta nueva versión del sistema prescinde de la opción de exportación de registros. En su lugar se podrá descargar del Menú «Envíos Listar» el PDF firmado digitalmente con el contenido del envío, siempre y cuando haya sido validado por el sistema en su totalidad.
8.) Devolución de Créditos: La anulación de envíos implicará la devolución del crédito consumido.
9.) Combinador de Archivos: Se incorpora esta nueva herramienta donde podrán subirse hasta 15 archivos del tipo XML dentro de un archivo ZIP que los ordenará cronológicamente.
10.) Plazos: Los supervisados contarán con un plazo de 20 (veinte) días corridos para informar los registros de operaciones de seguros y de cobranzas y rendiciones, vencido dicho plazo el sistema permitirá el envío pero los diferenciará en color rojo.