La SSN se puso firme y, por la presente, le prohibió a Escudo Seguros, celebrar nuevos contratos de seguros. De esta manera, se profudiza la medida que se había adoptado en noviembre de 2022, por la cual se dispuso la inhibición general de bienes, prohibiéndole a la aseguradora realizar actos de disposición respecto de sus inversiones.
Recordemos que tal medida fue adoptada en función de la presunta iliquidez reflejada por Escudo Seguros, en tanto que registraba demoras en el cumplimiento de sus obligaciones de pago de montos de condena derivados de sentencias judiciales firmes, lo cual constituía un riesgo en orden a la atención de los compromisos asumidos con los asegurados.
Luego de ello, y tras verificar los Estados Contables al 31/12/2021, la SSN advirtió que la entidad no ha dado respuesta a los reiterados requerimientos formulados por la Gerencia de Inspección, y, por lo tanto, no ha acompañado la documentación faltante para completar el análisis de los rubros identificados por tal inspección (deudas con asegurados, siniestros pendientes, etc.).
“Las contingencias informadas por las Gerencias de Inspección y de Evaluación no hacen más que alertar sobre la real situación de la aseguradora, en tanto que a la presunta iliquidez, se agrega la imposibilidad de acceder a datos concretos que permitan determinar los verdaderos pasivos, conocer su estado patrimonial y, consecuentemente, su solvencia”, alerta desde la SSN.
La decisión final de organismo de prohibirle a la aseguradora de celebrar nuevos contratos de seguros responde formalmente a “irregularidades en la administración o contabilidad que impiden conocer la situación patrimonial de la entidad”, tal como se desprende de la Ley 20.091.