Tal como se esperaba tras la reglamentación del “Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares” (Ley 26.844) a través de la Resolución SRT 2224/14, en este caso la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y la Superintendencia de Seguros de la Nación definen los valores de las alícuotas a cobrar por las ART.
Es para los contratos que vinculen a las ART con empleadores incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley N 26.844, para lo cual se establece un cuadro tarifario, cuyas alícuotas podrán ser ajustadas anualmente.
Con vigencia a partir del próximo 3/11/14, se prevé una alícuota diferente según las horas trabajadas semanales, a saber:
- Menos de 12 horas: $130
- De 12 a menos de 16 horas: $165
- 16 horas o más: $230
Vale aclarar que estas alícuotas se consideran premio final.