Normas y Proyectos SSN

Ajuste por inflación: nuevas pautas a seguir por aseguradoras

La SSN dio a conocer una circular con aclaraciones y criterios contables a ser aplicados en la presentación de balances ajustados por inflación.

La SSN dio a conocer una circular con aclaraciones y criterios contables a ser aplicados para la presentación de Estados Contables ajustados por inflación por parte de aseguradoras y reaseguradoras.

Entre otros aspectos, en lo que hace al “Patrimonio correspondiente al estado de situación de apertura”, se aclara que las compañías deberán aplicar el procedimiento de ajuste por inflación comenzando por la determinación del patrimonio neto al inicio del ejercicio actual, en moneda del inicio, lo que implica determinar el patrimonio neto total y reexpresar sus componentes a moneda del inicio.

Por lo tanto, solo se deberá presentar la información comparativa correspondiente al estado de situación patrimonial y a los anexos patrimoniales y no se presentará la información comparativa para el resto de los estados y anexos.

En cuanto al “Estado de evolución del patrimonio neto”, sus movimientos deberán exponerse a valor histórico, exponiendo el ajuste de cada concepto en una línea independiente, que se creará al efecto.

Respecto a la “Anticuación de ganancias reservadas”, se define que para determinar el patrimonio neto al inicio del período (patrimonio correspondiente al estado de situación de apertura) y su composición en moneda del inicio, se podrá considerar a los efectos de la anticuación de reservas legales, estatutarias y facultativas, como fecha de origen, la fecha de inicio del período.

A su vez, el “Resultado por exposición a los cambios en el poder adquisitivo de la moneda” (conocido como RECPAM) deberá comprender el efecto de ese cambio sobre las partidas monetarias (o expuestas al cambio en el poder adquisitivo de la moneda). Todos los ítems del estado de resultados se deben exponer en moneda de cierre, netos de la porción devengada de los componentes financieros implícitos de las operaciones.

La circular también da precisiones técnicas sobre Imputación y distribución de gastos, Activos no monetarios, y Remedición de Activos.

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Modificaciones en SINENSUP y PCU

Por otro lado, de forma complementaria, la SSN también dio a conocer las modificaciones a ser implementadas en el “Sistema de Información de las Entidades Supervisadas” (SINENSUP y SINENSUP/REASEGUROS) y en los «Planes de Cuentas Uniformes» de Aseguradoras y Reaseguradoras, necesarias para la presentación de Estados Contables Ajustados por Inflación.

Puntualmente, se definen todos los aspectos operativos a seguir para suministrar la información comparativa junto con los estados contables correspondientes al ejercicio/período finalizado el 30/06/2020, como en todos los períodos sucesivos hasta el cierre 31/03/2021, inclusive las entidades aseguradoras y reaseguradoras deberán presentar en el sistema SINENSUP.

Lo mismo para determinar los montos requeridos en los puntos 30.1.1.2., 30.1.1.3. y 30.1.2.2. del R.G.A.A. a valor histórico, y la exposición de movimientos del Estado de Evolución del Patrimonio Neto.

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