El dato surge de comparar el primer trimestre de este año respecto a igual periodo de 2018, según el “Informe trimestral de Género”, que elabora la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT); en el caso de las mujeres, el descenso de las demandas judiciales laborales ronda el 33%.
Según el documento elaborado por la SRT, en el primer trimestre de 2018, 15.190 expedientes judiciales fueron iniciados por trabajadores varones, en tanto que este año esa cifra bajó a 9.698. En el caso de las mujeres, el comparativo muestra 3.610 casos en 2018 contra 2.407 en el año en curso.
Un dato interesante es que, de los 12.105 juicios notificados al Registro Nacional de Litigiosidad, el 80,1% fueron iniciados por trabajadores varones, y de éstos, el 99,9% se desempeñan en unidades productivas.
En cuanto a la accidentabilidad laboral por género, el informe muestra que no hubo una variación interanual significativa. En el 1° trimestre de 2019, el 73,3% del total de casos notificados afectaron a la población de varones, mientras que el 26,7% restante involucró a una trabajadora mujer.
En el caso de las mujeres cobran mayor relevancia los accidentes de trayecto: el 34% de los accidentes de mujeres es in itinere, mientras que los accidentes en ocasión de trabajo explican el mayor porcentaje de los casos notificados por varones.
Las conclusiones que pueden tomarse a partir del informe muestran que la participación de hombres y mujeres en el mercado laboral –su distribución y concentración en determinadas actividades económicas-, está estructuralmente condicionada por el género.
Mientras que los hombres se concentran en sectores como la construcción, la minería, las manufacturas, el transporte y el agro -donde los riesgos de accidentes y exposición a tóxicos tienen más protagonismo-; las mujeres que trabajan están sobrerrepresentadas en una serie limitada de sectores y ocupaciones.
Las trabajadoras tienden a concentrarse en el sector servicios –fundamentalmente en sanidad y educación-, donde el trabajo en muchos casos representa una prolongación de las tareas asignadas tradicionalmente a éstas: cuidado de personas, socialización de los menores, confección de prendas de vestir, provisión de alimentos o tareas domésticas.
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