RESOLUCION SSN 817/18 y 818/18
Tal como fuera anticipado y anunciado días atrás, en el Boletín Oficial de este jueves 16/8/18 se publicaron las normas que apuntan a potenciar las inversiones de las aseguradoras en capital emprendedor y en actividades productivas.
En el primer caso, la RESOLUCION SSN 817/18 incorpora al inciso m) del punto 35.8.1 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA), el apartado 5, por medio del cual suma las Inversiones en Valores Representativos de Deuda emitidos por el Fondo Fiduciario Público denominado «Fondo Nacional de Desarrollo Productivo» (Decreto 606/2014) a las inversiones que resultan computables a los efectos de determinar la situación del Estado de Cobertura de las aseguradoras, los instrumentos de inversión y financiamiento productivo.
Recordemos que a través del Decreto 606/2014 se creó el fondo fiduciario público denominado «Fondo para el Desarrollo Económico Argentino» (FONDEAR), con el objeto de facilitar el acceso al financiamiento para proyectos que promuevan la inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor valor agregado en las economías regionales. Nación Fideicomisos SA., en su carácter de Fiduciario, es el encargado de administrar el Fideicomiso.
Por otro lado, la RESOLUCION SSN 818/18 trae consigo varios cambios, entre ellos, la medida anunciada el pasado martes 14/8/18 en el Nuevo Edificio Corporativo del Grupo Sancor Seguros por el Ministerio de Producción de la Nación junto a la Superintendencia de Seguros (ver nota con la cobertura) habilitando a las aseguradoras a financiar proyectos de emprendedores a través de las Instituciones de Capital Emprendedor computando sus inversiones dentro del estado de cobertura.
De esta manera, las compañías de seguros podrán destinar hasta el 1% de sus inversiones en aportes a Instituciones de Capital Emprendedor, inscriptas en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (RICE). Si bien es voluntario, lo cierto es que en caso de explotarse al máximo, puede significar según estimaciones de la SSN en una inyección de $4 mil millones del mercado asegurador hacia el desarrollo productivo y emprendimientos que impulsen la generación de empleo.
La presente norma también incorpora nuevas pautas en cuanto al «Régimen de Participación Público Privada, Securitización de Hipotecas, Fondos de Infraestructura o Desarrollos inmobiliario e inversiones en inmuebles destinados a renta o venta», a los fines de poder ser consideradas inversiones computables dentro de los límites establecidos en el inciso m) del punto 35.8.1. del RGAA.
Los ajustes, asimismo, también se dan en lo que hace a los requerimientos y criterios de valuación de inmuebles (Valuación y Exposición de Inmuebles; y bienes inmuebles destinados a renta, a los fines de ser considerados para la determinación del capital computable).