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Sigue la simplificación de la SSN para las operaciones de compra y venta de dólares

La SSN resolvió dejar sin efecto una circular de diciembre del 2020 (91216024), relativa a la determinación de lineamientos para las operaciones de compra de títulos valores nominados en moneda extranjera.

Según explicaron, dado que la actividad aseguradora encuentra su marco normativo en la Ley N° 20.091 y su reglamentación contenida en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora, resultan innecesarias las aclaraciones y/o definiciones como las contenidas en dicha circular.

Todo ello, agregaron, «en el marco del nuevo contexto político económico, a fin de priorizar los principios del libre comercio y con el propósito de evitar requerimientos de carácter burocrático que no guardan directa relación con las facultades de este Organismo».

Recordemos que la mencionada circular (ver texto) disponía, entre otras cuestiones, que las operaciones de compra de títulos valores nominados en moneda extranjera, debían tener fundamento exclusivo en la constitución de reservas que respalden obligaciones en las citadas monedas y de ninguna manera constituir activos cuya cotización en los mercados estén sujetos a escenarios de alta volatilidad, que pongan en riesgo la solvencia de los supervisados.

En ese marco, la SSN consideraba ejercicio anormal de la actividad aseguradora y sujeto a las sanciones correspondientes «toda inversión que se aparte de los principios expuestos precedentemente o que tengan por objeto imposiciones de carácter especulativo al margen de los principios básicos prudenciales de la actividad aseguradora».

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