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Seguros para Espectáculos y Recitales

Por Viviana Roldán, Gerente Técnico Comercial de DDN Central de Seguros.-

Cuando se habla de Seguros para Espectáculos o Recitales, existen muchas variables a tener en cuenta, pero para simplificar el tema, a priori hay que considerar dos grandes rubros:

  • Responsabilidad Civil tradicional para cubrir riesgos del espectáculo artístico en sí, es decir: daños contra terceros durante el desarrollo del show en cuestión.
  • Riesgos de Contingencia, que se refieren a la cobertura propia del show en sí, principalmente, la no realización del espectáculo.

En lo que se refiere a la primera parte, la Responsabilidad Civil para terceros durante el espectáculo, se exige que el asegurado contrate servicio de emergencias y ambulancia, así como que cumpla con las normas exigibles en materia de seguridad, prevención contra incendio y contar con medidas o planes de emergencia.  Desde luego, se tendrá en cuenta que la instalación eléctrica del lugar de realización del show esté protegida básicamente por disyuntores y llaves térmicas.  En los casos de lugares que tuvieran suelos con desniveles, deberá señalizarse cada uno muy claramente, además de tener cintas de colores antideslizantes. Deberán estar señalizadas las salidas de emergencia. Y, además, se pide disponer de luz de emergencia que encienda automáticamente ante falta de energía eléctrica.

Con respecto a los riesgos de contingencia, pueden llegar a suceder por diversos motivos:

  • Falla en la presentación del artista (ausencia con causa amparada como, por ejemplo: enfermedad).
  • Dificultades con el traslado del o los artistas (vuelos, generalmente) para llegar a su presentación en tiempo y forma.  Esto puede abarcar tanto artistas internacionales como locales.
  • Suspensión o cancelación del show por parte de autoridad responsable (municipal o provincial).
  • Duelo nacional (excepcional, pero que puede llegar a suceder).

A estas coberturas básicas se le pueden agregar otros riesgos como “evento climático”, algo que podría ser causa de la no realización del show o recital planeado.

En general, al momento de calcular el riesgo de un espectáculo público se considera:

  • La suma asegurada por evento.
  • Ubicación (pueden ser una o más, en el caso de tratarse de una gira, por ejemplo, con expresa aclaración de lugar y cantidad de veces que el show se presentará en cada localidad).
  • Cantidad de espectadores (máximo de capacidad de personas asistentes al show).

Además de la cobertura de Responsabilidad Civil para los espectadores durante el show, hay otros ítems adicionales que se pueden contemplar:

  • Incendio, rayo, explosión, descargas eléctricas y escape de gas.
  • Carteles y/o letreros.
  • Carga y descarga de bienes (en el caso de un recital, equipos de sonido e iluminación, instrumentos musicales, computadoras, sintetizadores, etc.).
  • Suministro de alimentos a título oneroso.

La cobertura de espectáculos y recitales constituye un segmento muy especial dentro del mercado de seguros.  Siempre se recomienda asesorarse con un especialista que tenga experiencia en el tema, para prevenir inconvenientes ante riesgos que no hubieran sido considerados y significarían una pérdida irrecuperable luego de tanto trabajo por parte de una compañía de músicos o artistas.