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SAO: hacen lugar a medida cautelar presentada por CAARA

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El Juzgado Federal 6 dio lugar a una medida cautelar presentada por la Cámara Argentina de Aseguradoras de Riesgo Ambiental (CAARA) en relación al Seguro Ambiental Obligatorio (SAO).

La petición de CAARA tenía el objeto de  que se ordene al Ministerio de Ambiente a cumplir con la  obligación regulatoria de revisión anual del Factor de Correlación de la metodología de cálculo correspondiente al “Monto Mínimo Asegurable de Entidad Suficiente” del SAO. Y a su vez a efectuar la revisión ordenada de esa obligación en el plazo de 30 días, sobre la base de pautas objetivas, serias y razonables, considerando la evolución del Índice de Precios de la Construcción durante el período 2014-2017 o cualquier otro índice que refleje los costos actuales de la remediación.

Para CAARA,  la determinación del Monto Mínimo Asegurable resulta un aspecto sustancial para la operatividad del SAO ya que delimita la cobertura que posee entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que se pudiera llegar a producir.

Bajo ese pedido, el referido Juzgado Federal hizo a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable deberá proceder -en el plazo de 30 días- a cumplir de manera adecuada con lo dispuesto por la Resolución 177/13 de la ex Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.