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Sanciones a operadores: nuevas medidas que atañen a dos aseguradoras y un institorio

Imagen: Getty Images.

La SSN dio a conocer tres nuevas resoluciones vinculadas a su accionar sancionatorio contra tres operadores del mercado asegurador.

Res. SSN 86/2023: En el primer caso, el organismo decidió aplicar un llamado de atención a Prudencia Seguros S.A. La medida responde a que dicha entidad se encontraba obligada a efectuar inversiones en función de los porcentajes dispuestos por el RGAA, lo cual no fue observado por la aseguradora a la luz de los balances con cierre al 31/03/21, 30/06/21, 30/09/21 y 31/12/21. 

Si bien la entidad formuló su descargo, dicha presentación fue objeto de un pormenorizado análisis por parte del Servicio Jurídico Permanente de la SSN, en virtud de cuyo dictamen se concluyó que no se aportaron elementos de juicio que permitan rever las imputaciones oportunamente formuladas respecto de Prudencia Seguros.

Res. SSN 87/2023: En este caso, la SSN concedió el recurso de apelación interpuesto por Asociación Mutual para Conductores y Asistencia Total de Motovehículos (conocida como “Comunidad Motociclista”, Matrícula RAI 58), contra la Resolución SSN 56/2023. 

Recordemos que por dicha norma se le dispuso una inhabilitación por el término de un año, ya que el mismo continuó actuando como mandatario de la entidad Aseguradora Total Motovehicular S.A., luego de la revocación del mandato operada el 4/6/2020, entre otras irregularidades.

Res. SSN 88/2023: Finalmente, en esa línea, el ente rector concedió el recurso de apelación interpuesto por Escudo Seguros S.A. contra la Resolución SSN 23/2023 de enero pasado. 

Vale decir que dicha Resolución le prohibió a Escudo Seguros, celebrar nuevos contratos de seguros, profudizando la medida que se había adoptado en noviembre de 2022, por la cual se dispuso la inhibición general de bienes, prohibiéndole a la aseguradora realizar actos de disposición respecto de sus inversiones. 

Tal medida fue adoptada oportunamente en función de la presunta iliquidez reflejada por Escudo Seguros, en tanto que registraba demoras en el cumplimiento de sus obligaciones de pago de montos de condena derivados de sentencias judiciales firmes, lo cual constituía un riesgo en orden a la atención de los compromisos asumidos con los asegurados.