La Superintendencia de Seguros de la Nación decidió aplicar una sanción a la principal entidad financiera nacional, en su accionar como Agente Institorio. Nos referimos al Banco de la Nación Argentina, quien recibió un “llamado de atención” por parte del organismo de control.
Según se explica en los fundamentos de la norma, la medida responde a una denuncia realizada por un particular contra Nación Seguros S.A. y el Banco Nación (en su calidad de Agente Institorio), en el marco de un préstamo otorgado por dicha entidad bancaria a su padre -fallecido el 13/10/2019 y asegurado por una póliza de seguro de vida de saldo deudor emitida por dicha compañía-, con motivo del rechazo del siniestro en cuestión.
Dada a falta de respuesta por parte de la entidad financiera, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SSN procedió a imputar al Banco Nación la violación de lo dispuesto por el Artículo 69 de la Ley N° 20.091 que impone la obligación de suministrar al organismo de control la información que juzgue necesaria para ejercer sus funciones.
“Al declinar hacer uso de su derecho de defensa, la entidad no rebatió ninguna de las imputaciones que a su respecto formulara la Gerencia de Asuntos Jurídicos, por lo que no existe elemento alguno que permita a aquella apartarse de las conductas atribuidas y encuadres legales consecuentes, los cuales deben tenerse por ratificados”, se explica en la resolución, argumentando la sanción en cuestión.