La SRT dio a conocer las alícuotas promedio para cada una de las actividades presentes en el Clasificador Internacional Industrial Uniforme (C.I.I.U.). Son las que corresponden al año calendario 2019 y, según se dispone, se aplicarán al período comprendido entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021 para la determinación de deuda de cuota omitida al Fondo de Garantía.
Sobre esto último, recordemos que los empleadores deudores de cuota omitida (son las que hubiera debido pagar el empleador a una ART desde que estuviera obligado a afiliarse) que sean intimados a regularizar su situación, deberán abonar el importe adeudado dentro del plazo de 90 días corridos.
El detalle de todas las alícuotas promedio por actividad es parte del ANEXO a la presente Resolución.